La pareja que está acusada del crimen de Pablo Mariotti será trasladada a diferentes unidades carcelarias. Un juez resolvió dictarle la prisión preventiva a Lucas Gordillo y revocarle el arresto domiciliario a Solange Manzaraz Beltramino.
Mariotti fue asesinado el 5 de febrero de 2020. La fiscala Mariana Rivadeneira sostiene que al joven lo mataron para quedarse con las propiedades y con la millonaria cifra en depósitos que tenía guardada en distintas entidades financieras.
Acusó del delito de homicidio doblemente agravado por ser criminis causae y por haberse cometido con el concurso premeditado de dos o más personas a Yamil Salis, Rodolfo “Roly” Morán, José Escudero, Ramón Manrique y Manzaraz Beltramino, aunque a esta última se le había concedido el arresto domiciliario en agosto pasado.
Gordillo, después de haber permanecido 15 meses prófugo, fue detenido e imputado de los mismos delitos más portación ilegal de armas, ya que se le secuestró una pistola nueve milímetros. El acusado responsabilizó a Salis del hecho, pero la Justicia no creyó en su versión y le dictaron la preventiva por 12 meses.
Y justamente la detención del prófugo fue la razón por la que la fiscala solicitó la revocación del beneficio de la acusada. A Gordillo lo descubrieron cuando salía de la casa donde la joven había pedido instalarse. Y, cuando lo atraparon, el imputado estaba con el hijo de Manzaraz Beltramino.
Los planteos
“Resulta factible entonces interpretar y deducir que Manzaraz Beltramino efectivamente permanecía en contacto con el prófugo Gordillo, quien a su vez estaría conviviendo junto a ella o frecuentando habitualmente el domicilio referenciado. Tenía contacto no solo con ella, sino también con el niño, hijo de la imputada”, señaló la investigadora al pedir la revocación del arresto.
Rivadeneira sostuvo además que “la imputada demostró una indiferencia total a las condiciones de cumplimiento de su prisión domiciliaria, ya que claramente debía abstenerse de mantener contacto con el prófugo. Y en segundo término, la circunstancia de haber mantenido contacto con Gordillo podría llevarnos a suponer la existencia de un peligro de fuga en concreto por parte de la joven, quien, ayudada por su pareja, podría haberse evadido de la Justicia”.
Los ex defensores de la acusada, Ileana Battaglia y José María Molina, se opusieron a la requisitoria. Argumentaron que Manzaraz Beltramino se mudó a ese domicilio al día siguiente de la detención del prófugo. “No puede demostrarse la convivencia o el frecuente contacto de nuestra defendida con Gordillo”, señalaron. También explicaron que no consta en las actas policiales que el hijo de la imputada estaba junto con el evadido cuando fue arrestado. “No debe olvidarse el interés superior del niño que motivó la concesión del arresto bajo la modalidad domiciliaria. Recordamos que el comportamiento de nuestra representada ha sido impecable”, destacaron los profesionales.
Finalmente destacaron que Manzaraz Beltramino está embaraza y que, ante la pandemia que atraviesa el mundo, el riesgo puede ser mayor para ella.
La resolución
El juez Francisco Pisa señaló en su resolución que “resulta ingenuo suponer que se trata de una mera conjetura o coincidencia el hecho de que Gordillo, pareja de la imputada, haya sido capturado en el nuevo domicilio en el que la imputada cumpliría su arresto domiciliario. Ello genera la convicción de que el riesgo de fuga ha resultado incrementado y que el contacto entre los imputados ha existido”.
“No aparecen atendibles los argumentos de la defensa que consideran inexistente el riesgo de fuga, toda vez que Gordillo contaba con medios económicos y materiales (armas y autos) que le permitieron eludir la Justicia durante un tiempo prolongado”, agregó.
El magistrado sostuvo que, según los mismos informes socioambientales presentados por la defensa de Manzaraz Beltramino, los profesionales dictaminaron que el padre de la acusada se puede hacer cargo de su hijo. “Respecto al estado de embarazo que cursa la imputada y la situación de emergencia sanitaria actual, estimo que las instalaciones penitenciarias pueden asegurar la salud de la imputada y de su hijo por nacer, sin perjuicio de encomendar al servicio penitenciario adoptar las medidas necesarias a fin de garantizar el transcurso del embarazo de forma adecuada”, concluyó el magistrado antes de firmar la resolución en el que se le terminó revocando el arresto domiciliario.