Cartas de lectores II: jubilados docentes nacionales

Cartas de lectores II: jubilados docentes nacionales

04 Junio 2021

En la pág. nº 7 (Economía y Finanzas) de la edición de LA GACETA del 18/05, hay un artículo referido a la ganancia del 1,4% sobre la inflación, que percibirán los jubilados con el ajuste del 12,12% en el mes de junio, el que sumado al 8,07% del ajuste de marzo acumulará el 21,17% en las jubilaciones. Dicha estimación del Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad de Avellaneda  se refiere a los pasivos que reciben cuatro ajustes anuales: marzo, junio, septiembre y diciembre. Todos los medios de difusión y los integrantes del gobierno que vienen ocupándose del tema nunca aclararon puntualmente que no toda la masa de jubilados percibe los cuatro ajustes. En particular, los jubilados docentes nacionales, desde la existencia misma de todas las estrategias de movilidad de sus haberes, vienen percibiendo solamente dos ajustes anuales: marzo y septiembre pero aportan en actividad más que el nivel general de jubilados. Y en esto, creo que, por lo menos todos los que cesaron por el decreto 137/05, me darán la razón. No sé cuáles son los fundamentos por los que se sigue denominando “especial” a las jubilaciones docentes nacionales que abona la Anses. Además de tales ajustes no percibimos ningún otro beneficio: bonos, asignación, compensación, reparación histórica, etc. Con algunos de los cuales, sino todos, se movilizan, actualizan, ajustan, etc. a otras franjas de pasivos, cuatro veces en el año. Sin embargo, reitero, todos los funcionarios del Gobierno nacional y los medios de difusión sostienen públicamente que todos los jubilados, y otros tipos de jubileos… perciben cuatro movilidades anuales, sin aclarar que los jubilados docentes nacionales están excluidos de tales estrategias. También es dable destacar que aparte de la desigual cantidad de ajustes en el año, la fórmula de actualización de los haberes jubilatorios docentes ha sido errática desde el comienzo del beneficio por cuanto nunca se cumplió estrictamente con lo que taxativamente manda el citado decreto. Al respecto, la Anses reconoció en una de sus resoluciones específicas sobre el tema que “administrativamente” era imposible dar cumplimiento cabal a lo que manda la norma. Bastaron reglamentos de baja jerarquía y acuerdos y gestiones de las cuales los jubilados apenas conocíamos el “qué”, pero el “cómo”,  solamente cuando estaban consolidados y consensuados dichos acuerdos entre el Gobierno y el gremio. Así, el primer ajuste para los docentes fue ¡0,98 %! Entonces, vino la solución salomónica por obra y gracia de la entonces Presidenta de la nación CFK: aplicar a los jubilados docentes nacionales la misma fórmula de actualización del nivel general. Fue el único período que percibimos el 82% del haber del activo que ocupaba el mismo cargo en el que nos jubilamos. Fue el más justo y equitativo de todos los períodos hasta la fecha. Pero, no podía ser para siempre… Se acordó otra fórmula: el Ripdoc que incluye salarios testigos, todos distintos en las 24 jurisdicciones del país. Pero siempre, dos ajustes anuales y una fórmula donde constantemente ha campeado la ambigüedad. Por ello, sería de estricta justicia disponer que los haberes de los jubilados docentes nacionales sean actualizados cuatro veces en el año, igualmente que los del nivel general, con aplicación de idéntica fórmula.

José René Iovane

Pasaje Enzo Bordabehere 84

San Miguel de Tucumán

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