La decisión del fiscal penal Marcelo Leguizamón de haber citado a declarar a un grupo de concejales de Banda del Río Salí por haber flexibilizado actividades consideradas "no esenciales" por la normativa nacional abrió otra vez la grieta entre los espacios que encabezan el gobernador, Juan Manzur, y el vicegobernador, Osvaldo Jaldo.
El legislador bloque Lealtad Peronista, Gerónimo Vargas Aignasse, respaldó la medida adoptada por el representante del Ministerio Público Fiscal (MPF), luego de que el propio presidente de la Legislatura afirmara que Leguizamón "incurrió en un gravísimo exceso de atribuciones".
"Expreso públicamente mi apoyo al fiscal Marcelo Leguizamón en su accionar, exigiendo el cumplimiento de las restricciones vigentes, ante el burdo intento de violar lo establecido por el Presidente de la Nación (Alberto Fernández)", sostuvo el legislador manzurista.
En ese sentido, Vargas Aignasse objetó la normativa impulsada por los ediles bandeños (el intendente Darío Monteros se encuentra de licencia, por haber dado positivo para coronavirus).
"El absurdo jurídico que se pretendió llevar adelante en la Municipalidad de Banda del Río Salí a través de un decreto municipal, oponiéndose a lo establecido a través de un DNU presidencial emanado constitucionalmente, de orden público y bajo una situación de emergencia como la que se vive, no resiste el menor análisis técnico-jurídico", reprochó el referente del bloque Lealtad Peronista.
Además, advirtió sobre los riesgos de la medida propiciada por los ediles del distrito bandeño, uno de los bastiones políticos del vicegobernador Jaldo.
"Pretender que cada uno de los 1.298 municipios que existen en nuestro país lleven adelante una estrategia individual de lucha contra la pandemia, desconociendo por completo la autoridad presidencial, es atentar contra las instituciones y el ordenamiento jurídico establecido", remarcó Vargas Aignasse.
Además, consideró que los concejales de Banda del Río Salí actuaron sin respetar la Carta Magna.
"Plantear tendenciosamente que la autonomía municipal es un derecho absoluto sería desconocer nuestra propia Constitución nacional, que en su artículo 14 determina claramente que 'todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos, conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio…'. Los derechos ahí consagrados están sujetos a limitaciones por razones de orden público, seguridad y salud pública, tal como lo es este caso", señaló, en alusión a la crisis sanitaria por el coronavirus.
Por ello, Vargas Aignasse consideró que "es deber de la Justicia actuar ante la flagrante violación de la normativa presidencial".
"El artículo 205 del Código Penal Argentino establece que 'será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia'. Está claramente demostrado que esto es lo que sucedió en Banda del Río Salí, al intentar (los ediles) impedir el cumplimiento de la norma presidencial", reflexionó.
Y apuntó que "negar la autoridad al Presidente de la Nación y las normas constitucionalmente emitidas merece el mayor de los repudios y la intervención judicial inmediata correspondiente".
Por último, Vargas Aignasse expresó sus "felicitaciones al fiscal Leguizamón y a la Unidad de Decisión Temprana del Ministerio Público Fiscal por su oportuno proceder" en el caso de los ediles bandeños.