Violencia digital: las claves para erradicarla

Violencia digital: las claves para erradicarla

La importancia de legislar sobre la difusión no consentida de material íntimo, el acoso virtual y la vulneración de las contraseñas.

“HAY CONDUCTAS DAÑINAS”. Sostiene Benítez Demtschenko.

La extorsión le llegó a Eliana por mensajes a través de las redes sociales: la actual pareja de su ex, la amenazaba con difundir sus fotos íntimas. Más tarde, un amigo del pasado se acercó vía mensajes de texto, para decirle que había fotos íntimas suyas y un video circulando en un grupo de Telegram. “Mi amigo me mandó las capturas de las fotos y desapareció, calculo que por no romper el pacto machista”, explica la joven, víctima de violencia digital a LA GACETA.

El “pacto machista” al que hace referencia genera un profundo control de los hombres por sobre las mujeres. Es el falso código entre amigos que implica que no delatarán nunca esta forma de acoso y violación a la intimidad. En los casos concretos de violencia digital la consigna que difunden desde las ONGs que defienden a las víctimas es “rompé el pacto”.

“Romper el pacto sería ponerle fin a la violación a la intimidad: salir del grupo de WhatsApp en donde mandan fotos de mujeres sin su consentimiento, no encubrir ni relacionarse con hombres que violan o golpean a las mujeres, dejar de minimizar los sentimientos de las mujeres y no aplaudir chistes misóginos”, explican los referentes sobre el tema. “Todas tenemos ese “amigo” que nos avisa que filtraron fotos nuestras pero no nos quieren dar más información, no se quieren meter en líos con sus amigos que fueron los que hicieron esto. Es su pacto. Se cubren entre ellos sin importar nuestro sufrimiento. Necesitamos que paren. No sean cómplices,” explica Eliana en uno de sus posteos en redes sociales.

“Cuando descubrí el grupo de Telegram ‘Tucumanas Perras’, me infiltré y comencé a avisarles a todas las chicas que pude que sus fotos estaban siendo usadas”, recuerda. Algunas fotos eran explícitas y otras eran simplemente fotos que las mismas usuarias habían subido a sus redes sociales pero en ese grupo eran expuestas con otro fin, el erótico. “Yo veo las fotos en donde aparezco desnudas en las redes sociales y me siento abusada. No me violaron, pero sí violaron mi intimidad”, lo explica. Luego descubrió otro grupo, “Poringa”, con más de 6.000 usuarios en donde se difundían imágenes de mujeres de todo el país sin su consentimiento. “Ese grupo cerró porque comenzamos a escracharlos, pero no lo cerró la Justicia. Hay un millón de grupos más, cada provincia de la argentina tiene un grupo así”.

Violencia digital

“No hay conductas fijas sino dañinas y siempre hay algo novedoso que nos obliga a volver a estudiar y revisar la problemática”, explica la abogada Marina Benítez Demtschenko de la ONG Activismo Feminista Digital. “Desde 2012 que estudiamos esto y descubrimos que el machismo se perpetra y recrudece año tras año también a través de internet, redes sociales, blogs y WhatsApp”.

Según la especialista en Derecho Informático existen tres bases de figuras de lo que se considera violencia digital: “la difusión no consentida de material íntimo es una de las formas más lesivas de violencia digital hacia las mujeres; el acoso virtual que incluye un montón de conductas como trolling (bombardeos de insultos y amenazas), acecho u hostigamiento y a esto se le suma la viralización, persecución. Hoy en día se discute si el envío de fotos privadas, de partes íntimas, se considera acoso virtual, por ejemplo. Por último, es crucial abordar el acceso indebido a redes sociales, vulnerando contraseñas o exigiendo a las mujeres las contraseñas de sus redes.

Hasta 2017, cuenta Benítez Demtschenko, el grueso de las consultas era la difusión de material íntimo sin consentimiento. Pero, a partir de 2018 con el debate por la despenalización del aborto, muchas mujeres comenzaron a recibir amenazas por haberse expresado a favor de esta Ley en redes sociales. “Esas son formas de silenciamiento que buscan acallar a quienes se expresan y tiene un carácter disciplinador muy evidente”.

Más adelante se abrió un abanico de formas de violencia digital: “comenzó a circular mucho la toma o uso indebido de fotografías de mujeres. El posteo y colocación en portales pornográficos sin el consentimiento de las propias chicas se generalizó. Allí suben imágenes a modo de catálogo sexual, no ofreciendo servicios sexuales, sino la exposición de usuarias que no estaban ni enteradas de lo que sucedía para el goce erótico de la comunidad de estos portales”, explica la especialista y agrega: “se empezaron a filmar violaciones grupales a mujeres y esas imágenes se viralizaban o subían a portales pornográficos. Pareciera que nunca estaremos preparados para la cantidad de bemoles que tiene la problemática. Hay que estudiarla sobre la marcha”, asegura.

Según la profesional del Derecho, si bien hay avances en cómo abordar la problemática -desde las denuncias hasta las investigaciones- las mujeres están muy desprotegidas porque hay mucho desconocimiento de lo que implica la violencia digital y se subestima a las víctimas: “como pasa en la web los consejos son: cerrá tu cuenta, bloqueá al usuario, no te metas por un tiempo; pero todo eso no es cierto porque todo trasciende la órbita digital a la real y genera una huella digital”.

El Código Penal argentino contempla una serie de figuras penales sobre delitos informáticos: “pero son figuras que tienden a proteger el patrimonio sobre delitos como estafa o documentación. No está contemplada la protección de derechos personalísimos que son la intimidad, honor, privacidad, identidad y libertad de expresión. No tiene en cuenta lo que estamos necesitando hoy el sector de la población más vulnerable que son las mujeres en este aspecto. Lo que hacemos, al radicar una denuncia es invocar la Ley de Protección Integral de las mujeres, 26.485 que nos brinda un marco para denunciar la violencia digital porque, si bien no la describe, obliga al Estado a arbitrar medidas para evitar la vida con violencia machista.

Desde Activismo Feminista Digital presentaron dos proyectos de leyes sobre la violencia digital: uno que agrega las figuras de difusión no consentida de imágenes íntimas, acoso virtual y acceso indebido a redes sociales y otro proyecto -que ya tiene media sanción en Diputados- para reformar, actualizar e incorporar en la Ley de Protección Integral de la mujer la violencia digital y telemática como tipo de violencia y modalidad de violencia machista. Esto, explican, también sumará en el momento de revisar registros y formar estadísticas al respecto.

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