Caso Tacacho: la segunda perimetral también fue desobedecida

Caso Tacacho: la segunda perimetral también fue desobedecida

El juez Mendilaharzu dispuso la protección

19 Abril 2021

La causa penal aquí identificada con el N°6 transitó al comienzo tan rápido que a pocos días de las dos denuncias que provocaron su apertura, el entonces juez subrogante N°5 de esta ciudad, Marcelo Mendilaharzu, emitió la segunda medida de protección de la víctima Paola Tacacho (ver facsímil en esta edición). Esta cautelar había sido solicitada por el ex fiscal Washington Navarro Dávila para apartar al femicida Mauricio Parada Parejas de la profesora de Inglés. Pero la orden de alejamiento emitida el 9 de abril de 2018, casi dos años después que la primera, no disuadió al imputado. Dos semanas más tarde, Tacacho regresó a la Fiscalía de Navarro Dávila por segunda vez, y refirió que Parada Parejas había abierto una cuenta en Twitter con el nombre de la joven y que allí seguía perturbándola.

Las agresiones continuaron en Facebook, según manifestó la víctima en la tercera denuncia policial acumulada en la misma causa. Esta vez Parada Parejas eligió el nombre de la madre de la docente salteña, Mariela Tacacho, para perpetrar los acosos acreditados con capturas de pantalla. El 23 de mayo, la víctima compareció espontáneamente por cuarta vez ante el Ministerio Público Fiscal y contó un hecho nuevo: había tenido que correr para librarse de Parada Parejas. Ante esta novedad, el ex fiscal (asumió en octubre de 2018 al frente del Ministerio Público de la Defensa) solicitó y logró la detención del imputado, giro que será analizado en la próxima entrega de esta serie periodística.

Ni la segunda medida perimetral desobedecida -la primera había sido dictada sin plazo de vencimiento el 26 de mayo de 2016 por el juez Alejandro Tomas a instancias de la fiscala Adriana Reinoso Cuello, quien luego cerró la causa penal inicial-, ni la privación de la libertad impidieron que el caso N°6 de Tacacho terminara como los anteriores (ver “Qué había pasado antes”). El 10 de octubre de 2019, el auxiliar de fiscal Fernando Isa, envió el proceso al archivo tras considerar que los hechos eran de “vieja data” y “por la falta de espacio físico” existente en el Ministerio Público Fiscal.

El desenlace procesal contrasta con las manifestaciones de Mendilaharzu en la resolución que ordenó a Parada Parejas mantenerse por 180 días a un radio de 200 metros de distancia de la víctima, y abstenerse de realizar cualquier acto de turbación directa o indirecta, incluso respecto de los familiares de aquella. “En función de los elementos examinados, se concluye fundadamente que los hechos de violencia pueden repetirse, y que está en riesgo la integridad física y psíquica de la víctima”, advirtió el juez. Y añadió que lo que había que evitar era que el delito avanzara o se agravara, es decir, lo que finalmente ocurrió.

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