La corrupción caricaturesca

La corrupción caricaturesca

Con o sin oralidad, con código viejo o con código nuevo, las denuncias de corrupción en Tucumán enfrentan un tratamiento tortuoso que las aplasta hasta convertirlas en una caricatura de la impunidad. Los procesos promovidos por el intendente radical Roberto Sánchez tras su llegada a la Municipalidad de Concepción son un buen ejemplo de esa trituradora. El hecho es que Sánchez está transitando su sexto año en la Intendencia y las investigaciones, según su querella, aún no han comenzado. En el ínterin incluso fallecieron dos protagonistas principales de las supuestas irregularidades con fondos públicos detectadas en el sur. Con diferencia de semanas y por el mismo motivo, una infección de covid-19, perecieron el ex intendente y legislador oficialista denunciado, Osvaldo Morelli, y el abogado querellante y secretario de Gobierno de Sánchez, Julio César Herrera. Tales decesos denotan los estragos del tiempo: unos mueren sin quitarse las sospechas mientras que otros mueren con las manos vacías.

Los casos de Concepción resultan paradigmáticos porque ponen en evidencia que el mejor sistema procesal penal fracasa si los funcionarios que deben aplicarlo carecen de idoneidad, voluntad o independencia. Vienen a colación las palabras resignadas que repite un juez: “nosotros somos el problema”. La reforma empezó a regir en aquella jurisdicción antes que en ningún otro lugar en la provincia y en casi dos años de vigencia no ha conseguido superar la falencia que desprestigió al régimen anterior: la desigualdad ante la ley. Ello se traduce en una persecución selectiva de la criminalidad que por defecto acorrala a los marginales adictos y delincuentes comunes, y deja ir a los peces grandes, que disponen de medios económicos, defensas sofisticadas y, esencialmente, contactos con los que mandan.

Mientras cientos de imputados en casos carentes de trascendencia institucional han sido puestos contra las cuerdas en plazos brevísimos, como subraya con orgullo la cúpula judicial, los ex funcionarios municipales denunciados -algunos, como Franco Morelli, ocupan cargos políticos en el Gobierno de Juan Manzur- lograron dilatar sus causas sin ofrecer las explicaciones que demandan los hechos que les atribuyen. Los planteos y declaraciones de incompetencia que abundan en esta clase de procesos estiraron las actuaciones hasta llevarlas a mayo de 2019, cuando comenzó a funcionar el modelo de las audiencias orales y públicas. En febrero de 2020 empezó una nueva discusión: según los imputados, venció el plazo máximo para que el Ministerio Público Fiscal notifique su intención de dilucidar los supuestos delitos. Esta tesitura fue acogida por el juez Guillermo Acosta mediante sentencias que, si hubieran quedado firmes, deberían haber desembocado en la destitución de un par de fiscales. Pero el Tribunal de Impugnación desbarató el criterio de Acosta y la Corte acaba de confirmar la nulidad de oficio del fallo que declaró la inocencia de Morelli en la acusación de anomalías cometidas con $ 20 millones -U$S 7 millones de la época- destinados a las obras públicas que debía construir la cooperativa Miguel Lillo entre 2011 y 2015. El Tribunal de Impugnación derribó el fallo de Acosta con la convicción de que aquel juez había vulnerado la garantía de imparcialidad. Los vocales Claudia Sbdar, Daniel Posse y Daniel Leiva deberían este mes resolver si habrá o no una pesquisa respecto del ex secretario de Hacienda (Ariel Mendelek), del ex tesorero (Duilio Enrique Guzmán) y del ex contador general (Sergio Muro) cuestionados por la supuesta extracción indebida de $ 8 millones tres días antes de las elecciones de 2015. Fue en esa contienda que Sánchez derrotó por primera vez al hijo de su antecesor en el cargo, Franco Morelli.

El caso de Muro, Mendelek y Guzmán pone en juego más que la posibilidad de un cierre sin esclarecimiento de lo ocurrido con recursos equivalentes a U$S 870.000 u 87.000 dosis de Sputnik, como comparó el fiscal Mariano Fernández en la audiencia del 15 de marzo. Apoyados en un razonamiento del camarista Edgardo Sánchez, los defensores aducen que la Municipalidad querellante no tiene derecho a impugnar el sobreseimiento dictado por Acosta, recurso que permitió que los magistrados Jorge Carrasco y Paul Hofer fulminaran la declaración de inocencia. Si la Corte acoge la postura de Sánchez, las víctimas sufrirán un nuevo menoscabo, más allá de que prescribirían un número incierto e inquietante de causas iniciadas con el antiguo código. En el foro siguen con atención los movimientos de Leiva, quien en la causa que enfrenta como consecuencia de la denuncia que interpuso en su contra el ex juez Enrique Pedicone fue beneficiado por la sentencia del cuestionado Juan Francisco Pisa, que denegó al denunciante la posibilidad de actuar como querellante. Esta decisión, y la que dispuso que la denuncia sea procesada con el régimen cerrado y escrito del código discontinuado el 1 de septiembre aguardan desde noviembre que una Corte formada por camaristas resuelva un recurso de “per saltum”. Leiva está dando señales de que aquel conflicto cesó con el despido de Pedicone: no sólo falló con sus pares en contra de Franco Morelli, sino que también rigoreó a los abogados de Muro, Mendelek y Guzmán en cuanto a la necesidad de que adecuen su comportamiento al paradigma de la oralidad que su defensa rechazó explícitamente.

Pase lo que pase, sigue siendo tangible la ausencia de incentivos para denunciar los actos de corrupción. Por hache o por be, las causas acaban enredadas cuando no abotagadas, y quienes ventilaron las irregularidades se ven expuestos a represalias y venganzas. La caricatura llega hasta el extremo en “Trucumán” de que los rivales políticos se acusan alegremente de corruptos y hasta de cómplices del tráfico de drogas sin que ello acarree consecuencias institucionales. La historia enseña que tarde o temprano esta decadencia ingobernable devora a sus impulsores. Mientras tanto, ya son palpables los síntomas de que la falta de castigo para el saqueo del erario y el abuso del poder están corroyendo el Estado de derecho y la democracia.

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