¿Cómo serán los cambios en Ganancias?
Las modificaciones en el impuesto alivian la carga tributaria para aquellos trabajadores de la cuarta categoría que ganan hasta $ 150.000 brutos mensuales y para jubilados que perciben el equivalente hasta ocho haberes mínimos. Alertan que hasta los quioscos y las PyME abonarán la alícuota más alta.
1.- Avances en diputados
La Cámara de Diputados aprobó ayer el dictamen del proyecto que busca elevar el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias a $ 150.000 brutos para trabajadores asalariados y a ocho haberes mínimos para jubilados. La iniciativa, avalada por unanimidad, fue firmada con disidencias parciales por Juntos por el Cambio. El proyecto, impulsado por el presidente de la Cámara Alta, Sergio Massa, permitirá que 1.267.000 de trabajadores dejen de estar alcanzados por el tributo. Según la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), el costo fiscal total de la ley sería de unos $ 47.600 millones, que se compensaría con un aumento de las alícuotas de Ganancias para las empresas. Respecto de la distribución del impacto fiscal, en caso de implementación del mecanismo de atenuación presentado por el Ejecutivo, las provincias y Ciudad de Buenos Aires verían afectados sus ingresos en $ 27.850 millones y la Administración Nacional reduciría sus ingresos en $18.816 millones, siendo los restantes $904 millones correspondiente a “Otros Entes del Sector Públicos”, según la OPC.
2.- Más cambios
El proyecto incorporará nuevos beneficios por gastos de guardería, hijos con discapacidad y horas extra trabajadas. Así, se eximirá del impuesto al reintegro por gastos de guardería para los hijos de hasta tres años, con un tope de hasta el equivalente al 40% de la ganancia no imponible -$ 67.000 al año, es decir $ 5.590 mensuales-. Además, subirá la deducción por hijo con discapacidad hasta los 18 años. Finalmente, se prorrogará hasta el 30 de septiembre la exención de las horas extras y guardias -activas o pasivas- del personal de salud debido a la pandemia de la Covid-19. Antes, el proyecto original había incorporado otras mejoras: se estableció que el beneficio será retroactivo al 1 de enero y que el aguinaldo quedará exento del pago de Ganancias. Se agregó también la deducción del concubino -actualmente se permite solo el cónyuge- y se mantuvo el diferencial del 22% que perciben los trabajadores de la Patagonia en concepto de zona desfavorable, recordó Parlamentario.com. Asimismo, se habilitó que los jubilados que perciban ingresos distintos al haber jubilatorio, como por ejemplo una renta de alquiler o intereses de un plazo fijo, podrán acceder igualmente al beneficio de la deducción de Ganancias, que pasa de seis a ocho haberes mínimos.
3.- El más progresivo
Según el Instituto para el Desarrollo Social Argentino (Idesa), hoy existe un gasto público consolidado del sector público nacional y provincial del 40% del PBI. Este enorme gasto público debe financiarse con impuestos. Entre ellos, Ganancias está entre los más progresivos. Es decir, si se quiere pensar en no afectar a las familias más humildes, este sería el último a tocar. De acuerdo con sus estimaciones en base a la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) y al proyecto oficial, sólo el 16% de los ocupados y jubilados están alcanzados por Ganancias. Deducir cargas a dicha población, en un país con 47% de pobres (al segundo trimestre de 2020”) es, como mínimo, cuestionable. Por el contrario, impuestos como Aportes Personales, IVA, ingresos brutos provinciales y el mismo impuesto inflacionario afectan peor a pobres que a ricos (son regresivos), indica Idesa.
4.- Aplicación
El proyecto que amplía la deducción para que los trabajadores que perciben hasta $ 150.000 brutos no paguen ganancias se aplicará desde el 1 de enero, y el Gobierno contempla devolver los descuentos que se han realizado a los asalariados que quedarán exentos de ese tributo. Otro punto que había generado inquietud en los miembros de la Cámara de Diputados de la Nación era lo que podía pasar entre los asalariados que perciben entre 150.000 pesos y 173.000 pesos para que no terminen cobrando más dinero aquellos que están eximidos de pagar el impuesto a las ganancias, para lo cual la norma prevé facultades especificas para poder corregir esa situación.
5.- Contrapunto por las alícuotas para empresas
El Ejecutivo giró al Congreso un proyecto de ley que establece un sistema progresivo de alícuotas que se aplicarán a las Sociedades de Capital que oscilarán entre el 25% y el 35% y a la distribución de dividendos que será del 7%. La iniciativa buscar reducir la carga de este tributo para las PyME, mantenerla en su nivel actual para las empresas medianas y elevar únicamente en el caso de las más grandes. La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, defendió el proyecto oficial de incremento de alícuotas de Ganancias para las empresas. “Los proyectos impulsados desde el Poder Ejecutivo y el oficialismo en el Congreso se proponen restablecer la progresividad del sistema tributario, aliviar la carga de los pequeños contribuyentes y mejorar los ingresos de las y los trabajadores”, indicó la economista. Los tributaristas advierten que con la iniciativa, las pequeñas y medianas empresas (PyME) van a quedar alcanzadas con la alícuota del 35% porque establece que pagarán la alícuota mas alta las que tengan ganancias anuales de más de $ 2,6 millones. Eso equivale una ganancia anual de poco menos de U$S 18.000, lo que tiene de utilidad la mayoría de las PyME.
6.- Pérdida de inversiones
Según la Cámara Argentina del Comercio (CAC), la iniciativa impulsada por la gestión del presidente Alberto Fernández “propone reemplazar la alícuota fija (o “flat”) actualmente del 30% que grava a los sujetos de los incisos a) y b) del art. 73 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, esto es, a la casi totalidad de las sociedades empresarias, PyME y grandes”. Así lo hizo saber la entidad mediante una carta enviada al Gobierno, en la que advierte que las nuevas escalas hacen que se aplique la alícuota máxima del 35% para el excedente de beneficios sobre $ 2,6 millones anuales, a lo que cabe sumar la alícuota de 7% en el caso de distribución de utilidades. Según la entidad, esto significa que la gran mayoría de las firmas tendrá “un incremento de la presión tributaria en un contexto macroeconómico crítico, incluidas la mayoría de las PyME, dado lo absurdos -por lo reducidos- que resultan los tramos de las escalas”. Según la CAC, este proyecto desalentará la inversión, el país “perderá competitividad” frente a otras economías, “se incrementará la informalidad y se agravará la delicada situación de numerosas empresas, ya afectadas por más subas de la tributación en las jurisdicciones provinciales y municipales”.