El juez Casanello no indagará a Donda por su empleada doméstica

El juez Casanello no indagará a Donda por su empleada doméstica

Estaba siendo investigada por "negociaciones incompatibles para la función pública" por la situación laboral de su empleada doméstica

Victoria Donda. FOTO tomada de lacapital.com.ar Victoria Donda. FOTO tomada de lacapital.com.ar
01 Marzo 2021

El juez federal Sebastián Casanello rechazó este lunes el pedido de indagatoria contra la titular del INADI, Victoria Donda, que había formulado el fiscal Guillermo Marijuan por el presunto delito de "negociaciones incompatibles para la función pública" por la situación laboral de su empleada doméstica.

No obstante, Casanello no cerró la causa ni sobreseyó a Donda, ya que dispuso devolverle la investigación a Marijuan para que profundice la recopilación de pruebas y, si lo considera oportuno, vuelva a pedir medidas a partir de su obtención.

El juez resolvió que Marijuan "relata al detalle numerosas cuestiones que dan cuenta de la problemática relación laboral que (la empleada doméstica) tuvo con la imputada Donda, enumerando la falta de regularización durante gran parte del vínculo, deudas de aportes y otros incumplimientos".

Casanello advirtió que todas esas circunstancias "hacen a la materia de la justicia laboral, sede en la cual se deberían ventilar tales asuntos". La conducta de Donda, en este contexto, "carecen de relevancia penal".

Marijuan había pedido la indagatoria de Donda porque supuestamente "abusando de su condición de funcionaria pública, como Interventora del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) e insertando su interés particular, ofreció a Arminda Banda Oxa un cargo en el citado organismo, o bien un plan social, exigiéndole para ello que renunciara al trabajo que desempeñaba como empleada doméstica en su domicilio particular, y así presuntamente evitar tener que hacer frente a algún tipo de reclamo indemnizatorio, que le correspondiera a título personal".

El fiscal encuadró esa conducta en el artículo 248 del Código Penal, que establece penas de prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo para "el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere".


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