El aborto legal prevé la objeción de conciencia para el personal de la salud, ¿de qué se trata?

El aborto legal prevé la objeción de conciencia para el personal de la salud, ¿de qué se trata?

Un punto que generó polémica en el texto aprobado por el Congreso.

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30 Diciembre 2020

¿Qué es la objeción de conciencia?

El artículo 19 de la Constitución Nacional establece que "las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe".

¿Qué dice el proyecto de IVE sobre la objeción de conciencia?

"El o la profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia.

A los fines del ejercicio de la misma, deberá:

Mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión.

Derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones.

Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica.

Por su parte, agrega: "El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable. No se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto. El incumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda".

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