“El derecho a la libertad de opinión y de expresión, en entornos tanto electrónicos como no electrónicos, es un derecho humano garantizado a todos, de conformidad con el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que constituye uno de los fundamentos esenciales de las sociedades democráticas y el desarrollo, y que es fundamental para combatir la corrupción”. Con esta afirmación comienza la resolución del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, aprobada el 16 de julio. El organismo reivindica el ejercicio efectivo de ese derecho como un indicador del nivel de protección de las otras potestades que tiene toda persona en cualquier país del mundo. Por ende, es referencia de la evolución de una sociedad, de su sistema de Gobierno y de sus instituciones.
En este contexto, el documento habla “del importante papel de las empresas” para que la libertad de opinión y de expresión se concrete y para “la facilitación del acceso a la información”. Al mismo tiempo, se expresa la “preocupación por el hecho de que sigan existiendo muchas formas de brecha digital entre los países y regiones y dentro de ellos” y se reconoce “la necesidad de cerrarlas, en particular mediante cooperación internacional”. En este sentido, destaca que las mujeres y los niños son los más perjudicados por la situación.
La resolución del Consejo se centra luego en “la importante función que desempeñan, entre otros, los periodistas y otros profesionales de los medios de comunicación, así como los defensores de los derechos humanos, en la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión y, en este contexto, expresa su profunda preocupación por el hecho de que se sigan cometiendo violaciones y abusos” contra ellos. Por su carácter, este ente siempre se refiere a los Estados, por lo que la advertencia debe leerse referida a los Gobiernos de turno.
Muchas veces se alega, en la defensa vernácula, que no existe censura y que cada medio puede publicar lo que quiera. La mirada que llega desde la ONU es más amplia que la mera prohibición de difusión de una noticia determinada y apunta a la necesaria y activa protección y libertad que debe tener una empresa de comunicación y cada uno de sus integrantes en el ejercicio de su labor social. Su pronunciamiento le refuerza al periodismo su rol de interlocución con la sociedad en su conjunto, una misión que está en sus entrañas desde el primer día, al servicio de que cada persona obtenga la información que necesita para entender lo que está pasando y tomar las mejores y más adecuadas decisiones. Por ese mismo motivo, expresa su “preocupación por la difusión de la desinformación y de información errónea, que puede concebirse y practicarse para inducir a error, cometer violaciones y abusos contra los derechos humanos, en particular el derecho a la intimidad y la libertad de las personas de buscar, recibir y difundir información, e incitar a todas las formas de violencia, odio, discriminación y hostilidad, entre otras el racismo, la xenofobia, los estereotipos negativos y la estigmatización”. Para combatirlos, subraya “la importancia de contar con medios de comunicación libres, independientes, plurales y diversos y de proporcionar y promover el acceso a información independiente, basada en hechos y en la ciencia”. No queda menos que suscribir al pronunciamiento, el primero en una década referido a la libertad de expresión y hacer votos para que el próximo considere alcanzados todos los objetivos que hoy se declaman, postulan y persiguen.