Medida ejemplar: no podrá ir a la cancha de Atlético, por tres años

Medida ejemplar: no podrá ir a la cancha de Atlético, por tres años

Un hombre fue sentenciado por un tiempo condicional por cometer un asalto; deberá mantenerse lejos de la barrabrava del “deca”.

“MALA JUNTA”. Con esos términos, el acusado reconoció los dichos del fiscal, quien había señalado una mala influencia por parte de “La Inimitable”. “MALA JUNTA”. Con esos términos, el acusado reconoció los dichos del fiscal, quien había señalado una mala influencia por parte de “La Inimitable”. LA GACETA / FOTO DE FRANCO VERA
12 Octubre 2020

Un joven que fue condenado a tres años condicionales por un robo, no podrá asistir al estadio de Atlético hasta que cumpla la pena y tampoco tener contactos con los miembros de La Inimitable, la barrabrava de los “decanos” al considerar que influenciaron negativamente en él. Además deberá pagar $ 15.000 como resarcimiento por el daño ocasionado.

El 6 de agosto, Fabricio Italo Mignone y un menor de edad (su nombre se mantiene en reserva por cuestiones legales), a bordo de un Ford Ka interceptaron en avenida Ejército del Norte a Nicolás Julio Salazar. Después de amenazarlo con un arma de fuego, le sustrajeron el celular, la billetera y las zapatillas que llevaba puesta y huyeron del lugar.

La víctima realizó la denuncia y días después, la Policía los identificó y pidió medidas de allanamientos. Se encontró el vehículo utilizado en el robo en la casa del mayor y parte del botín en la del adolescente. Ambos fueron acusados de robo agravados por el uso de arma de fuego.

El fiscal Diego López Ávila instruyó la causa y, por haber participado un menor de edad, el caso debía ser llevado adelante por el nuevo código procesal penal. El investigador atendió el planteo de la defensa para que se resolviera el expediente a través de un juicio abreviado.

En la audiencia, el fiscal explicó con lujos de detalles cómo se habían producido el hecho y cuáles eran los puntos que habían acordado con la defensa para que se realizara el juicio abreviado. “Quiero solicitar además que hasta que dure la condena establecida en el acuerdo que se le impida asistir al estadio de Atlético y tener contactos con los miembros de la barra, ya que evidentemente esa junta le generó estos problemas”, indicó.

El defensor Gerardo Alfonso Mignone profundizó los detalles del acuerdo y destacó que su defendido no tenía ningún antecedente penal. “Él se equivocó y está dispuesto a cumplir con todo el acuerdo”, agregó. Dijo también que tiene un trabajo fijo (se dedica a la venta de casas de machimbres) y que quiere enmendarse.

El acusado, tal como indican las normas vigentes, hizo uso de la palabra para reconocer la autoría del hecho –paso procesal obligatorio para que se realice el acuerdo- y después agregó: “le pido disculpas a la víctima y tiene razón el fiscal que todo esto es por la mala junta. Los 20 días que pasé detenidos fueron los peores de mi vida. Ahora me di cuenta cuáles fueron las consecuencias”, explicó.

La sentencia

El juez Federico Moeykens después de escuchar a la parte acusadora y a la defensora, le preguntó a la víctima si entendía lo que estaba sucediendo y si estaba conforme con el acuerdo. Salazar no dudó: “está bien porque la cifra me cubrirá los gastos ocasionados. Acepto la disculpa, pero también quiero hacerle saber que me sentí muy mal por lo que me hicieron”, explicó. “Además, quiero solicitarle que me protejan porque temo que estas personas después quieran vengarse”, agregó.

El magistrado decidió condenar a tres años en forma condicional al imputado por el delito de robo agravado por el uso de armas de fuego. Pero además, le impusieron estas condiciones.

- Abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas.

- Abonar la suma de $15.000 en concepto de resarcimiento económico a la víctima en una cuota.

- Realizar tareas comunitarias en la Congregación Cristiana Iglesia “Casa de Restauración” los días y horarios que dicte el consejero pastoral de dicha entidad, debiendo colaborar con los cursos y actividades que se lleven a cabo en dicha institución.

- Abstenerse de frecuentar las inmediaciones del club Atlético Tucumán y de tener contacto con los integrantes de la barrabrava de esa entidad.

- Abstenerse de ingresar o frecuentar a los barrios Juan Pablo II (El Sifón) y Juan XXIII (La Bombilla) por el tiempo de la condena

- Se le prohibió acercarse al cómplice y a la víctima a un radio de 300 metros.

En caso de que cometa otro delito o que incumpla cualquiera de estas medidas, la condena se hará efectiva, es decir, tendrá que cumplirla tras las rejas.

Comentarios