El archivo no implica “cosa juzgada”

El archivo no implica “cosa juzgada”

09 Octubre 2020

La decisión adoptada por la mayoría oficialista de la comisión de Juicio Político respecto de archivar los seis pedidos de juicio político planteados contra el vocal de la Corte Daniel Leiva ha dejado planteada un interrogante meridiano: en el futuro, ¿se podrán plantear otros pedidos de destitución contra el miembro del alto tribunal sobre la base de la denuncia y de los audios del juez de impugnación Enrique Pedicone?

Fuentes parlamentarias consultadas por LA GACETA, que piden reserva de sus datos, coinciden en una respuesta: en principio, sí.

El primer argumento común es que la comisión de Juicio Político dispuso, justamente, el “archivo” de los expedientes promovidos por Juntos por el Cambio, por el PRO, por el abogado Gustavo Morales y la gremialista Alejandra Martínez, por dos abogados en representación de 436 firmantes; por el destituido juez Roberto Guyot; y por el abogado Leandro Argañaraz y el estudiante Enzo Yuse Slavik. Y, por analogía con las causas judiciales, el “archivo” de un expediente “no causa estado”. Es decir, la comisión no ha dicho que considera inválidos o improcedentes los “cargos” en que se fundan los pedidos de destitución, sino que, simplemente, no trató esos asuntos.

Un segundo elemento, puntilloso pero trascendente, consiste en que el “archivo” de los seis planteos de remoción contra Leiva se debe a que, a criterio de la mayoría de la comisión, el hecho mismo que denuncia Pedicone se encuentra “controvertido”. Es decir, el ex camarista afirma haber gravado a Leiva cuando el vocal le pedía que “maneje la intensidad” de una causa contra el legislador Ricardo Bussi, pero Leiva nieva categóricamente ese diálogo y sostiene que los audios son “armados y editados”. Entonces se resolvió que, hasta tanto ese hecho sea esclarecido por la Justicia, la Legislatura no puede abocarse al tratamiento de los planteos.

Por esto, las fuentes parlamentarias sostienen que no hay “cosa juzgada”: los legisladores no se expidieron, sino que nada trataron. Entonces, afirman, no se puede alegar en el futuro que no puede denunciarse por segunda vez a Leiva por el mismo caso (“non bis in idem”), porque el asunto no ha sido abierto todavía a tratamiento institucional.

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios