Los aspirantes a juez podrán elegir al psicólogo que los evaluará a los fines de su participación en el concurso público de antecedentes y de oposición que organiza el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM). Esta decisión consta en la reglamentación del requisito del examen psíquico agregado en septiembre del año pasado a la ley que estipula el procedimiento de preselección de magistrados provinciales. La presentación del informe será obligatorio a partir del día siguiente de la publicación de las pautas que lo regulan tanto en los concursos nuevos y como en los que están en trámite que no hayan pasado a la etapa de la oposición. Las modificaciones reglamentarias prosperaron con el consentimiento de los consejeros titulares Eleonora Rodríguez Campos (presidenta y vocal de la Corte); Luis Cossio (juez de la capital); Malvina Seguí (jueza del sur); Marta Najar (legisladora oficialistas); Esteban Padilla (abogado de la capital) y Diego Vals (abogado del sur). La legisladora opositora Nadima Pecci votó en disidencia mientras que el vocal decano Antonio Daniel Estofán, suplente de Rodríguez Campos, pidió que constara en el acta su oposición. “El requerimiento del informe psicológico no tiene sentido si cada postulante busca al profesional que prefiera”, dijo ayer (se informa por separado).
Sólo los finalistas -postulantes que superaron las etapas de evaluación de los antecedentes y de la prueba escrita- deberán someterse al examen de salud mental, tal y como dispone la Ley 9.186. La reglamentación prevista en el Acuerdo 221/20 del 29 de julio indica que, con carácter previo a la entrevista, los concursantes tendrán que ser evaluados por un profesional matriculado particular o que se desempeñe en un servicio público, y que exhiba una antigüedad mínima de cinco años y “competencia” para practicar el examen en cuestión.
El psicólogo no dará su informe al paciente-aspirante a juez, sino que lo enviará directamente al CAM mediante un formulario descargable de la página oficial, que incluirá la firma, y los datos laborales y de contacto del examinador. “El documento deberá contener una evaluación clara expresada en términos comprensibles sobre la salud psíquica y las características subjetivas relevantes del postulante. Además, explicará las técnicas o criterios utilizados por el profesional para la evaluación con énfasis en las particularidades, y competencias cognitivas, motivaciones, sociales y de personalidad del concursante en relación con la función que pretende desempeñar”, detalla la reglamentación.
Los consejeros se reservaron la facultad de establecer, según el número de finalistas y “las circunstancias particulares” del concurso, que la evaluación sea realizada por instituciones o profesionales determinados. Los postulantes tendrán 15 días a partir de la notificación para presentar el informe y la omisión de este deber implicará su exclusión del procedimiento. El resultado del test de salud mental será confidencial -permanecerá en un sobre cerrado en la Secretaría del CAM- y de acceso exclusivo de los consejeros al momento de entrevistar al concursante. El examen tendrá una validez anual y podrá usarse para diferentes concursos a menos que los consejeros consideren necesario la confección de un nuevo dictamen.
“Objeto los alcances del test: me parece invasivo”
Pecci (foto), consejera suplente por la minoría parlamentaria, manifestó ayer que no está de acuerdo con la amplitud de la evaluación psicológica aprobada por sus pares de la mesa de conducción del CAM en la última sesión pública virtual. “Objeto los alcances del test: me parece invasivo que pueda indagar sobre las características de la personalidad del concursante. Para mí un informe de este tipo debería limitarse a decir si el postulante padece o no una patología incompatible con el ejercicio de la magistratura”, comentó por teléfono. La legisladora de Fuerza Republicana consideró “peligroso” dar tanto poder a un tercero, máxime cuando el dictamen psicológico no podrán ser impugnado. Pecci también disintió con la potestad que los consejeros se reservaron para dirigir a los postulantes a instituciones y profesionales determinados si lo consideran pertinente. “El requisito del examen psíquico es exigido por una ley que sancionó la composición anterior de la Legislatura y hay que aplicarlo, pero, tal y como está regulado, lo considero riesgoso”, insistió.