Confirman un sobreseimiento del ministro Maley
La Cámara Federal de Casación avaló el cierre de la pesquisa de las anomalías relativas al escrutinio provisorio y a la custodia de las urnas. El fallo beneficia a un grupo de gendarmes, al instalador de las cámaras de seguridad y a los secretarios de la Junta Electoral. Cano y Amaya habían formulado la denuncia.
La Justicia Federal puso fin a la discusión que le tocó en el contexto de la judicialización de las elecciones tucumanas de 2015. La Cámara Federal de Casación Penal ratificó los sobreseimientos otorgados a quienes participaron en la organización de esos comicios, entre ellos el ex gendarme y hoy ministro de Seguridad de la provincia, Claudio Maley. El pronunciamiento también beneficia a Darío Almaraz y a Alfredo Iramain, secretarios de la Junta Electoral Provincial, y a Francisco Omar Jiménez, dueño de la firma Info FOJ que instaló las cámaras en el depósito de las urnas. Los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo consideraron fundadas y justas las declaraciones de inocencia emitidas previamente en Tucumán por la Cámara Federal de Apelaciones y el juez federal N°2, Fernando Luis Poviña.
Los miembros del tribunal de Casación avalaron la desestimación de las acusaciones que habían formulado los entonces candidatos a gobernador y a vicegobernador del Acuerdo para el Bicentenario, y hoy diputados opositores José Cano y Domingo Amaya. Estos habían denunciado la posible vulneración del escrutinio provisorio a cargo del Correo Argentino e irregularidades en la actuación de los gendarmes contratados para vigilar los votos. En septiembre de 2018, los camaristas de Apelación de Tucumán, Ricardo Mario Sanjuán, Marina Cossio, Jorge David y Hernán Frías Silva (h), habían coincidido con Poviña en que aquella denuncia debía ser descartada. Once días antes de ese primer fallo favorable del juez federal N°2, Maley juró en el gabinete del gobernador Juan Manzur.
La interposición del recurso de casación por parte del fiscal general federal Gustavo Gómez llevó el asunto al estrado de Hornos, Borinsky y Carbajo, que tiene sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Mediante votos separados, aquellos evaluaron que la crítica de Gómez era una mera discrepancia con los criterios adoptados, pero que aquel no había logrado precisar la participación concreta de los denunciados en los supuestos delitos endilgados ni las medidas de prueba pendientes de producción. “La investigación está agotada”, coincidieron los camaristas de Casación, quienes recordaron que en el expediente en lo contencioso administrativo abierto en la Justicia provincial a los fines de anular las elecciones de 2015 tanto la Corte Suprema de Justicia de Tucumán como la Corte Suprema de Justicia de la Nación habían rechazado la pretensión del frente Acuerdo por el Bicentenario. Tales pronunciamientos validaron el triunfo de la fórmula Manzur-Osvaldo Jaldo (obtuvo la reelección el 9 de junio de 2019) y de los candidatos a los restantes cargos.
Hornos, Borinsky y Carbajo fallaron el 6 de febrero de este año. La decisión, que está firme -ya no es pasible de impugnación-, permitirá a la Junta Electoral destruir las últimas urnas de los comicios cuestionados que conservaban a los efectos probatorios (se informa por separado). Según la Cámara de Casación, el proceso cerrado giraba alrededor de dos ejes: 1) las diferencias detectadas entre los resultados cargados por el Correo Argentino a los fines del conteo preliminar y algunas planillas confeccionadas por los fiscales de mesa, y 2) la pérdida de las filmaciones de las cámaras instaladas en el local que la Junta había alquilado en la calle Mendoza 1.050 de esta ciudad como consecuencia del corte de luz acaecido en las horas posteriores a la votación. Cano y Amaya esgrimieron que tales hechos formarían parte del fraude denunciado en el Poder Judicial provincial -y luego desechado-.
En cuanto a la intervención del Correo contratado por la Junta, la Justicia Federal consideró que la emisión del escrutinio provisorio carecía de capacidad por sí misma para cambiar el resultado eleccionario, que se configura a partir del conteo definitivo. “Estos actos perfeccionados por el Correo Argentino jamás podrían tener relevancia en el ámbito penal”, había dicho la Cámara de Apelaciones. Respecto de las grabaciones, los jueces tucumanos habían manifestado: “las filmaciones no fueron ni son un elemento destinado a servir de prueba”. Y habían añadido que la Gendarmería había garantizado la vigilancia de las urnas en todo momento, como indicaba la documentación que esa fuerza elaboró. Las sentencias concluyeron que, si bien las cámaras proporcionadas por la empresa santiagueña Info FOJ -en virtud de un contrato cerrado con los gendarmes- no habían funcionado, “la cadena de custodia” de los sufragios no se había visto afectada.
“El fiscal (Gómez) no se ha hecho cargo siquiera de explicar en qué habrían consistido las supuestas maniobras delictivas; cómo se habría desplegado la conducta de cada persona sindicada en el caso ni cuáles son las circunstancia mínimas que, a pesar de lo decidido en primera y segunda instancia de modo coincidente, imponen colegir que la pesquisa se ha visto truncada prematuramente”, opinó Carbajo. Borinsky destacó que el recurso de los querellantes Cano y Amaya había quedado desierto por la omisión de nombrar un abogado ante la Cámara de Casación.
Los cuestionamientos hacia el Correo, la Gendarmería, Info JOF y los funcionarios de la Junta abonaron la crisis desatada en la provincia con motivo de la penúltima renovación de autoridades públicas, que incluyó marchas con la consigna #Tucumanazo2015 y la ocupación de la plaza Yrigoyen, al frente del Palacio de Justicia. En ese clima, Maley, quien se desempeñaba como comandante mayor y jefe de la Región IV de Gendarmería -reemplazó a Federico Sosa días después de las elecciones-, atribuyó a la Almaraz y al organismo de fiscalización de los comicios la responsabilidad atinente la instalación de las cámaras, y defendió la labor cumplida por su fuerza. Al final, nadie recibió sanciones y la Justicia Federal refrendó el argumento de que las grabaciones eran una medida de seguridad secundaria.
Visto bueno
El fiscal federal Camuña autorizó la destrucción de las urnas de 2015
La sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal relativa a los penúltimos comicios tucumanos ha quedado firme y, por ende, concluyó el deber de la Junta Electoral Provincial de conservar votos que pudiesen servir como prueba. Pablo Camuña, fiscal federal N°2, dictaminó que correspondía la destrucción de la totalidad de las urnas relativas a las elecciones de 2015. Con estos antecedentes, el órgano que integran la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Claudia Sbdar, y los ministros públicos Edmundo Jiménez y Washington Navarro Dávila, procederán a eliminar las últimas boletas pertenecientes a El Naranjo y El Sunchal.