Alejandro Vallejo tuvo numerosas oportunidades para enderezar su actuación. Esa serie de posibilidades se agotó. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán decidió excluir al prosecretario de la institución pública a la que ingresó en 1995. Mediante una resolución administrativa desbordante de reproches, que aún no está firme, los vocales impusieron la máxima sanción al agente que el 12 de abril había amenazado a los porteros de su country con que “iba a hacerles armar una causa penal”. Los vocales Claudia Sbdar (presidenta), Daniel Posse -disintió parcialmente con el castigo-, Daniel Leiva y Eleonora Rodríguez Campos consideraron que el proceder de Vallejo afectó la confianza de la sociedad en el Poder Judicial y la imagen de imparcialidad que aquel ha de proyectar. “Los miembros de la Justicia deben tener una conducta ejemplar”, dijeron los integrantes del alto tribunal en la Acordada 362.
La decisión que pone fin a la carrera accidentada del prosecretario “C” -cargo que para Vallejo implicaba un salario mensual aproximado a $ 200.000- tiene connotaciones singulares. No sólo fue emitida en un plazo record para los estándares de los sumarios internos del Poder Judicial (el proceso, que empezó en el asueto extraordinario, precisó 47 días corridos), sino que también exhibe una severidad excepcional. Al menos en los últimos cinco años, la Corte nunca había echado a un funcionario: la cesantía aparecía en los casos de ordenanzas y de empleados. El vocal Posse subrayó esa situación al decir, que, según su criterio, correspondía quitar jerarquía a Vallejo, mas no despedirlo. “Deberíamos aplicarle una retrogradación de tres categorías para que siga prestando servicios como encargado. En igual sentido voté en 2018 respecto de (Rodolfo Enrique) Neufeld”, expresó. Este agente está imputado por haberse desempeñado durante años como personal trainer en el horario de Tribunales.
La mayoría de la Corte interpretó que la permanencia del prosecretario cuestionado resultaba insostenible. “Los antecedentes acumulados en estas actuaciones reflejan que el referido funcionario es reincidente en la omisión de la realizar los actos de servicio que corresponden a su rol dentro de esta institución a lo que se suma la conducta impropia para un funcionario judicial demostrada fuera del ámbito laboral. El prosecretario Vallejo es contumaz en ignorar leyes, reglamentos y disposiciones que rigen su actuación y proceder”, dijeron los vocales, incluido Posse. A esta conclusión llegaron luego de analizar el legajo, una denuncia de inasistencias reiteradas y el episodio del country.
Una sanción previa y 15 traslados
Vallejo fue trasladado en 15 oportunidades por la Corte en sus 25 años de servicio en el Poder Judicial. El 1 de julio de 2015, los vocales Antonio Gandur (fallecido), René Goane (jubilado), Antonio Daniel Estofán (de licencia), Sbdar y Posse lo suspendieron sin goce de haberes durante 45 días tras constatar que había entregado en forma irregular a una niña que estaba a su cuidado (Acordada 718/15). Según las conclusiones del sumario administrativo abierto a instancias de la jueza de Familia, Rossana Martínez, la actitud de Vallejo permitió que una adulta se fugara con la nena. La Acordada 718 consigna que el funcionario había resultado sobreseído en la causa penal abierta por este asunto.
La dinámica de poner y sacar a Vallejo de oficina continuó hasta este mismo año, cuando la jueza correccional N°2, Isolina Apas Pérez de Nucci, solicitó a la Dirección de Recursos Humanos que lo sacara de su ámbito en virtud de que se ausentaba sin aviso y se negaba a cumplir las tareas encomendadas, conflicto valorado para resolver la cesantía. La oficina de personal a cargo de la secretaria Teresita Comolli informó a la Corte que con anterioridad el funcionario había salido eyectado del Archivo y de la Secretaría Administrativa que encabeza Gustavo Ahmad.
“Los antecedentes laborales de Vallejo permiten inferir que los sucesos que protagonizó no constituyen hechos aislados, sino una conducta que se repite en diferentes circunstancias de tiempo, lugar y modo, y en entornos de trabajo diversos”, observaron los vocales en la Acordada 362.
Sólo había un lugar donde lo recibían
Una denuncia radicada en la Corte días antes del asueto declarado con motivo de la pandemia refería que el prosecretario casi no se había presentado a trabajar este año. La jueza Apas Pérez de Nucci expuso que Vallejo, que negó estos hechos, se retiraba en medio de la jornada de trabajo; se declaraba enfermo; faltaba sin aviso y hasta había informado de manera unilateral que iba a cambiarse de oficina. En el ínterin, Recursos Humanos lo entrevistó para impartirle indicaciones respecto de su desempeño, y de la actitud que debía observar en relación con sus tareas y superiores. Pero nada surtió efecto y Apas Pérez de Nucci reiteró el 5 de marzo que quería deshacerse del agente. “En ese momento, la Oficina de Oficiales de Justicia era el único lugar donde lo recibían”, relató Comolli a la Corte.
Respecto de lo acaecido en el Juzgado Correccional N°2, Gabriela Blanco, secretaria de Superintendencia e instructora del sumario (con la colaboración del funcionario Federico García), consideró que Vallejo era responsable por los numerosos perjuicios que había causado a la administración de justicia.
No acreditó las disculpas ni la reparación
El acontecimiento que terminó por inclinar la balanza de la Corte hacia la cesantía ocurrió en el barrio privado “Los Azahares” durante el aislamiento obligatorio. Vallejo se irritó con los guardias que lo fotografiaron mientras corría: el primero alegó que sólo había salido a buscar a su perro salchicha mientras que los segundos consideraron que transgredía el confinamiento forzoso. A continuación, el prosecretario disparó una seguidilla de audios de WhatsApp en los que intimidó a los vigilantes y al administrador: les dijo que iba a “hacerles armar una causa penal”; a “correrlos pa’l pingo”; a “hundirlos”; a “meterlos en cana”, etcétera.
En el ámbito del sumario, el prosecretario admitió que había emitido los mensajes de voz, y atribuyó su reacción a la situación que había vivido ese día y a la perspectiva de que le iban a aplicar otra multa por las salidas de su mascota. Vallejo precisó que cuando manifestó a los porteros que “iba a hacerles armar una causa penal” en realidad quiso expresar que “iba a hacer una denuncia policial”, cosa que concretó al día siguiente.
“Que un funcionario judicial amenace a ciudadanos con ‘armar una causa penal’ repercute institucionalmente de manera negativa en este poder del Estado. No puede perderse de vista que la garantía de imparcialidad implica que quienes integran los Tribunales no tengan un interés directo; una posición tomada; una preferencia por alguna de las partes y que no se encuentren involucrados en la controversia, y que inspiren la confianza necesaria a las partes en un caso específico, así como a los ciudadanos en una sociedad democrática”, dijeron los vocales. Sbdar, Posse, Leiva y Rodríguez Campos afirmaron que Vallejo había prometido pedir disculpas públicas y reparar el daño causado, pero que no constaba que lo hubiera hecho un mes después del episodio.
La Corte consideró acreditadas las faltas y añadió que no podía tolerarlas. Y dio por terminado un affaire que generó un revuelo intenso luego de que el vocal decano Antonio Estofán, quien no firmó la Acordada 362, anunciara desde su aislamiento en Buenos Aires que Vallejo “ya no tenía padrino”.