Mediante la Resolución N° 2/2020, el Comité de Operaciones de Emergencias precisó los detalles de cómo se aplica en Tucumán la ampliación de actividades y servicios que dictó la Jefatura de Gabinete de la Nación.
Actividades exceptuadas
1- Podrán realizar breves salidas en la cercanía personas con discapacidad o autismo, junto a un acompañante. Deben portar DNI de ambos y el certificado.
2- Prestaciones profesionales a personas autistas o con dispacidades. Deberán portar una copia del DNI del paciente y el certificado o la prescripción médica.
3- Actividades bancarias, crediticias y financiera sólo con atención a través de un sistema de turnos. Deberán solicitarlo según el cronograma de finalización del DNI.
4- Los operadores de cambio continuarán impedidos de abrir sus sucursales para la atención al público, pero podrán continuar operando en forma remota.
5- Venta de insumos informáticos y artículos de librería, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá atender al público.
6- Talleres de reparación de autos, motos y bicis, sólo para transporte público, fuerzas de seguridad salud o personal autorizado para circular.
7- Venta de repuestos, partes y piezas automotores, motos y bicis únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta, sin atención al público.
8- Fabricación, venta y reparación de neumáticos, sólo para transporte público, salud, seguridad y vehículos de personal con autorización para circular.
9- Se exige a los empleadores garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud de todos los trabajadores.
10- El Comité de Emergencia remarcó en que el desplazamiento de las personas exceptuadas deberá limitarse al estricto cumplimiento de las actividades.