Transparencia pública, no relatos interesados

Transparencia pública, no relatos interesados

Los lectores expresaron su opinión sobre el gasto en asesores por cada senador. Los lectores expresaron su opinión sobre el gasto en asesores por cada senador.
26 Febrero 2020

El 14 de septiembre de 2016 se sancionó la ley nacional 27.265 referida al Derecho de Acceso a la Información Pública, por la que cualquier ciudadano puede demandar informes a los diferentes estamentos del Estado sobre el manejo de sus recursos, y en forma gratuita. El artículo 18 de la norma establece que el funcionario público o agente responsable que en forma arbitraria obstruya el acceso del solicitante a la información pública requerida, o la suministre en forma incompleta u obstaculice de cualquier modo el cumplimiento de esta ley, incurre en falta grave sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, patrimoniales y penales que pudieran caberle conforme lo previsto en las normas vigentes. Fue una apuesta del Gobierno nacional destinada garantizar la transparencia de los actos de gestión, exponiendo los actos administrativos, al tiempo que imponía plazos y sanciones a los que no respondiesen, en los términos fijados por la ley, las inquietudes ciudadanas.

Adecuándose a la legislación, y anticipándose a las posibles solicitudes, hubo organismos nacionales que habilitaron páginas web en las que expusieron detalles sobre su funcionamiento. Así es como, por ejemplo, se puedo conocer con cuántos asesores cuentan los tres senadores por Tucumán, quiénes son y cuánto salario que perciben. Transparencia al tope. No sucede lo mismo con el Poder Legislativo de la provincia, ya que la información detallada sobre su planta de personal no aparece en su página oficial y tampoco es proporcionada por sus autoridades, como se puso en evidencia tras el rechazo de la Cámara a una exigencia en ese sentido. La transparencia, más que una virtud en el ejercicio de la función pública, debería ser un objetivo de cumplimiento diario de los que conducen el Estado, nacional y provincial.

Para garantizar el efectivo acceso a la información pública resulta esencial que se actúe de buena fe.

Conocer cómo se invierten los recursos públicos hace al acceso a la información estatal, una puerta que debería permanecer abierta -como lo dispone la 27.265- a cualquier requisitoria. Toda información en poder del Estado se presume pública, indica la norma. Y añade: se debe entregar información a todas las personas que lo soliciten, en condiciones de igualdad, excluyendo cualquier forma de discriminación y sin exigir expresión de causa o motivo para la solicitud. La propia ley fija una condición especial para dar las respuestas, ligada más a los hombres que a las instituciones: la buena fe. Es así como se lee en el artículo 1: para garantizar el efectivo ejercicio del acceso a la información, resulta esencial que los sujetos obligados actúen de buena fe, es decir, que interpreten la ley de manera tal que sirva para cumplir los fines perseguidos por el derecho de acceso, que aseguren la estricta aplicación del derecho, brinden los medios de asistencia necesarios a los solicitantes, promuevan la cultura de transparencia y actúen con diligencia, profesionalidad y lealtad institucional.

Esto último es central en la aplicación de la legislación, especialmente en cuestiones como las inversiones en obras públicas en Tucumán en los cuatro años de la gestión de Mauricio Macri. Las continuas disputas entre peronistas y macristas sobre la cifra de los dineros usados y la cantidad de trabajos realizados en la provincia, ponen en tela de juicio el motivo original de la ley -la transparencia del manejo del Estado-, ya que todo se politiza, se interpreta y se relata en función de los intereses sectoriales. En la función pública hay que ser transparentes, no parecerlo por una cuestión política.

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