El Poder Judicial de Tucumán se apresta a celebrar una audiencia oral y pública inédita. Mañana, a partir de las 10, la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción oirá a las partes implicadas en el supuesto abuso sexual con acceso carnal atribuido al senador kirchnerista, ex gobernador, ex ministro y ex legislador José Alperovich. Tanto el funcionario público denunciado como su sobrina denunciante y el Ministerio Público Fiscal -representado en principio por Carlos Sale- expresarán sus puntos de vista sobre qué jurisdicción es competente para investigar los presuntos hechos ilícitos. Luego de recibir los argumentos y en el mismo acto, el camarista Enrique Pedicone notificará su decisión. Será el cuarto pronunciamiento referido a la competencia emitido en las causas iniciadas en Tucumán y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se trata de una audiencia sin antecedentes por su modalidad; por los sujetos involucrados; por el hipotético delito ventilado y por la época del año en la que acontece, plena feria estival. La sustanciación del recurso de apelación en forma oral y pública, y durante el receso, fue dispuesta por Pedicone con arreglo a los artículos vigentes del Código Procesal Penal sancionado en 2016, que transparenta y publicita el control de las investigaciones: en el recinto asignado para el acto del 14 de enero a las 10 caben medio centenar de asistentes (se informa por separado). En 2017, cuando entraron parcialmente en vigor las disposiciones generales del nuevo digesto, el camarista empezó a aplicar el método de la audiencia abierta a la discusión de los recursos articulados contra las resoluciones de los jueces de Instrucción en lo Penal (ese trámite antes se desarrollaba por escrito y, de hecho, Eudoro Albo, presidente de la Cámara, aún mantiene la metodología tradicional). Pero es la primera vez que la modalidad oral y pública aparece en la fase inicial de una causa penal con tanta trascendencia institucional en el ámbito de los Tribunales locales.
Si bien en circunstancias regulares los ciudadanos involucrados en el conflicto acuden a la audiencia en la Cámara de Apelaciones y hasta llegan a tomar la palabra, fuentes judiciales indicaron que no están obligados a concurrir y que basta con que se presenten sus respectivos abogados. El ex gobernador Alperovich nunca compareció en forma personal ante la Justicia ni como denunciado ni como testigo, pese a que recibió numerosas denuncias durante su gestión de 12 años -al menos 29 a partir de 2005, según una investigación de LA GACETA y Chequeado publicada en 2018- y a que fue citado a prestar declaración testimonial en el juicio oral del homicidio de Paulina Lebbos. En ese proceso, el ex mandatario incluso logró que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán confirmara que sus fueros le permitían acogerse al beneficio especial de declarar por escrito, aunque bajo juramento.
Nada impide que el senador con licencia sin goce de haberes hasta junio se presente ante el camarista Pedicone, pero esa posibilidad parece remota no sólo por los antecedentes judiciales mencionados, sino también porque, luego de reivindicar su inocencia respecto de la denuncia por presunta violación articulada en su contra, Alperovich se llamó al silencio. El ex gobernador evitó el contacto con el público: incluso se trasladó en auto desde Buenos Aires a Tucumán. Alperovich designó como abogado al profesional porteño Mariano Cúneo Libarona, quien trabaja en esta provincia con el codefensor Ariel Sosa: ambos podrían concurrir al acto del martes para fundamentar por qué la causa debe quedarse en Tucumán, a diferencia de lo que dispuso el juez de Instrucción en lo Penal Nº2 de esta capital, Facundo Maggio, quien envió el expediente a Buenos Aires.
La denunciante de Alperovich no controvirtió, al menos hasta el viernes, la posibilidad de que la ciudadanía y la prensa asistan a la audiencia, pero en los Tribunales indicaron que había pocas posibilidades de que aquella concurriera porque, al parecer, no está en la provincia. Más allá de esa ausencia está la necesidad de resguardar la identidad de la sobrina y ex colaboradora del senador. Es posible que su vocera, Milagro Mariona, participe en el acto junto al letrado Ricardo Santoro. Sale, fiscal Nº1 ante la Cámara Penal, posiblemente reemplazará a Alejandro Noguera, fiscal de la Cámara de Apelaciones. Si bien no es vinculante, su dictamen deviene esencial para que Pedicone pueda emitir un pronunciamiento.
Riesgo de cárcel efectiva
La definición de la cuestión de la competencia tendrá un impacto decisivo en la investigación. En primer lugar, porque la pesquisa propiamente dicha aún no ha comenzado debido a la existencia de fallos contradictorios todavía en debate sobre cuáles tribunales tienen que hacerse cargo de ella. En segundo término por las implicancias ligadas a la tramitación de unas denuncias de esta índole: no es lo mismo que en esa labor participe la Justicia del domicilio real de las partes, donde residen la mayor parte de los posibles testigos y la sociedad a la que pertenecen, a que la pesquisa sea desarrollada a 1.200 km de distancia. Hasta aquí, tanto Maggio como los magistrados de la Justicia Nacional, Osvaldo Rappa y Mariano González Palazzo, consideraron que las presentaciones de la sobrina de Alperovich atinentes a hechos sucedidos entre 2017 y 2019 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Tucumán debían ser concentradas en una sola jurisdicción.
La gravedad de los hipotéticos delitos adjudicados al senador acentúa la relevancia de la audiencia convocada por Pedicone. Las denuncias de abusos sexuales con acceso carnal han generado y generan en Tucumán y en el país condenas de prisión efectiva de entre 6 y 15 años de duración -la figura no admite la ejecución condicional de la pena, sino que el castigo entraña el encarcelamiento del agresor-. Ese es el riesgo que afronta Alperovich. Abogados y jueces penalistas consultados en noviembre explicaron que el máximo podría alcanzar los 20 años, e, incluso, perforar ese límite en virtud de la constatación de circunstancias agravantes y de la repetición de los hechos. La jurisprudencia local, nacional e internacional, y la legislación y los tratados consideran que la declaración consistente y la peritación psicológica de la víctima son suficientes para sustentar un veredicto condenatorio.