Plazo hasta marzo para deducciones de Ganancias

Plazo hasta marzo para deducciones de Ganancias

MENOR PRESIÓN. Los trabajadores que ya están tributando Ganancias, han visto una disminución de su alícuota efectiva desde 2015 hasta la fecha.  MENOR PRESIÓN. Los trabajadores que ya están tributando Ganancias, han visto una disminución de su alícuota efectiva desde 2015 hasta la fecha.
30 Diciembre 2019

En la última publicación de la AFIP en su página web, se difundieron las tablas 2020 para el cálculo del Impuesto a las Ganancias que deberán aplicar las empresas y la Anses a partir de los primeros pagos que se hagan de sueldos y jubilaciones alcanzadas por el gravamen desde el primer día hábil de enero.

Desde entonces, pagarán Ganancias los empleados solteros cuyo salario neto mensual supere de los $ 55.261. En el caso de los casados, el umbral de pago es de $ 64.145 y para casados con dos hijos se eleva a $ 73.104.

El criterio del actual Gobierno fue aumentar los valores de las distintas tablas teniendo en cuenta la variación del índice salarial Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) entre octubre de 2018 y octubre pasado, que fue del 44,28%, aunque deduciendo de esta variación el adelanto del 20% del mínimo no imponible decidido por el anterior Gobierno de Mauricio Macri.

Similar criterio se aplica a la “deducción especial”. También aumentan los tramos de ingresos de las escalas, que se usan mes a mes para calcular la retención, en ese mismo porcentaje.

Los contribuyentes autónomos tendrán que esperar a tener que pagar los cinco anticipos, que arrancan en agosto de 2020, para poder aprovechar las mayores deducciones.

De acuerdo con la información de la AFIP, los incluidos en el Impuesto a las Ganancias tienen tiempo hasta el 31 de marzo próximo para completar el formulario de deducciones, pagos a cuenta (un porcentaje del Impuesto al Cheque) y datos de pluriempleo (salarios pagados por un empleador diferente del que hace la retención del impuesto).

Para este trámite, el contribuyente debe ingresar en la página web del organismo recaudador con la clave fiscal y acceder al servicio interactivo llamado “Siradig - Trabajador”. (Infobae/Clarín/iProfesional)

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