Juicio por supuesta contaminación del Salí

Juicio por supuesta contaminación del Salí

En noviembre se inicia el proceso contra directivos de un frigorífico. Según la acusación, entre 2007 y 2011, la firma habría eliminado efluentes industriales sin tratamiento en un barrio.

LA CAUSA. Según la investigación, el vuelco de desechos por parte del frigorífico afectó el río Salí. fiscales.gob.ar LA CAUSA. Según la investigación, el vuelco de desechos por parte del frigorífico afectó el río Salí. fiscales.gob.ar

El Frigorífico Industrial del Norte (Fidensa) contaminó las aguas del río Salí, a través de la eliminación de efluentes industriales, tanto sólidos como líquidos, sin el debido tratamiento. Así lo aseguró el Ministerio Público Fiscal (MPF), de acuerdo a las pruebas recolectadas durante la instrucción de la causa. Por ello, tres directivos de la firma afrontarán un juicio oral y público desde el 22 de noviembre, en el que se determinará si tuvieron responsabilidad en el presunto delito ambiental.

El Tribunal Oral Federal (TOF) fijó fecha para el comienzo del proceso, luego de que la Cámara Federal de Casación confirmara el rechazo a la suspensión de juicio a prueba solicitada y concedida a los imputados. La negativa estuvo en línea con el planteo previo del Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal Pablo Camuña, según lo consignó el portal Fiscales.gob.ar.

Hugo Osvaldo Benejam, uno de los imputados, se mostró sorprendido por la oficialización de la fecha del juicio oral en su contra. “Habíamos presentado una ‘probation’. Pero no sé cómo se resolvió esta situación”, expresó el empresario, al ser consultado por la LA GACETA. “Nos defenderemos de lo que nos quieran acusar. Obviamente, nos consideramos inocentes. Nada más”, agregó. También serán juzgados Martín Esteban Huerta y Pedro Benito Benejam.

El planteo

En marzo pasado, la Cámara Federal de Casación hizo lugar, por segunda vez en la misma causa, a un planteo presentado por Camuña contra la autorización del TOF a la suspensión del juicio a prueba o “probation”.

La Cámara ya había rechazado en 2017 un primer pedido por “probation” hecho por la defensa de los acusados. Entonces, la fiscalía había rebatido esa demanda.

El Código Penal nacional establece que un imputado puede “ofrecer hacerse cargo de la reparación del daño en la medida de lo posible, sin que ello implique confesión ni reconocimiento de la responsabilidad civil correspondiente”. En ese momento, se había propuesto realizar obras para mejorar los parámetros de efluentes, teniendo en cuenta las normativas nacional y provincial ambientales. Además, se requirió un control periódico a cargo de peritos, cuyos honorarios debían ser abonados por la empresa.

El fiscal había rechazado tanto la primera oferta como la decisión del TOF, al considerar que no sólo debía haber una reparación suficientemente razonable y acorde a la magnitud del daño, sino que debía alcanzar niveles suficientes para ser estimado como un gesto serio y sincero de arrepentimiento activo y de intermediación del ser humano, al cual se le causó el daño. Según la fiscalía, no había reparación.

“Según mi experiencia, en los últimos cuatro años, tener que ir dos veces a Casación por exactamente la misma causa, es algo inusual y sólo se da en causas en las que están investigados empresarios por delitos ambientales”, expresó Camuña ayer a LA GACETA.

El requerimiento

De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio, en la investigación se verificaron los hechos ambientales entre 2007 y 2011. El frigorífico había usado -conforme al informe- una tubería subterránea para eliminar sus efluentes industriales. A través de ella, se desagotaban los desechos tóxicos provenientes de esa planta en el río Salí.

En el acto fiscal, se expresó que la cañería pasaba por el barrio Antena, una zona vulnerable de Banda del Río Salí. Incluso, las cámaras de inspección se encontraban en los patios o a la par de las viviendas. “La eliminación de los efluentes a las aguas del río, sin tratamiento previo y a pesar de haber sido categorizados como no aptos para su vuelco, produjo la contaminación de las aguas de un modo peligroso para la salud, puesto que están destinadas al uso público o al consumo de un colectivo de personas”, señaló el fiscal.

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