Abundantes pruebas recopiladas durante dos años llevaron a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán a solicitar la destitución de Lídoro Alberto Macedo, juez de Paz de San Pablo trasladado a Tacanas (Leales) a los fines del sumario administrativo. Se trata de la segunda petición de expulsión dirigida contra el mismo funcionario durante junio y de la quinta acusación atinente al desempeño de los integrantes de la Justicia de Paz de los últimos dos meses. Esa institución nunca antes había recibido tantos cuestionamientos en simultáneo. A diferencia de José Luis Guerra (El Manantial), de Josefina Penna (Yerba Buena) y de Juan Cipriani (Gonzalo, Trancas), que afrontan reparos por haber celebrado casamientos fuera de la provincia, Macedo es objetado por sus inasistencias injustificadas; denuncias penales; sanciones previas y actas irregulares.
La Corte puso punto final a la investigación administrativa interna que se prolongó durante 24 meses mediante la Acordada 779/19. El instrumento lleva como fecha el 21 de junio, aunque recién fue publicado a mediados de la semana pasada. Los vocales Daniel Posse (presidente) y Claudia Sbdar, y el camarista civil Alberto Acosta firmaron el pedido de destitución de Macedo. Este último integró la Corte debido a las licencias por razones de salud de los vocales René Goane y Antonio Estofán, y a que el quinto integrante del cuerpo, Daniel Leiva, preside el Jurado de Enjuiciamiento. Ese organismo podría eventualmente juzgar a Macedo y a sus otros pares si es que la comisión de Juicio Político deciden acusarlos.
Restricción de contacto
La Corte “disparó a quemarropa” contra el todavía juez de Paz con funciones en Tacanas. Todo comenzó de la manera menos esperada: con un control de asistencia que detectó que Macedo no estaba en su entonces despacho de San Pablo. Luego la Secretaría de Superintendencia pidió informes en las fiscalías de Adriana Giannoni, Carlos Albaca y Guillermo Herrera sobre la marcha de seis causas penales por supuestas amenazas de muerte y otros posibles delitos atribuidos al funcionario denunciado (cercados por las impugnaciones, en el ínterin Albaca y Herrera renunciaron para jubilarse con el beneficio del 82% móvil). De estos procesos abiertos hace una década, y que no habrían recibido una sentencia definitiva, surgió que Macedo tenía prohibido acercarse a una mujer y a su hija, y que aquel habría violado la restricción de contacto y faltado a las audiencias fijadas por la Justicia penal.
La Corte además relató que Raúl Aguilar, el juez de Paz suplente que asumió luego del traslado de Macedo a Tacanas, practicó una auditoría que constató numerosas anomalías en la confección de actas de nacimiento, matrimonio y fallecimiento, y en el cuidado de los libros del Registro Civil. Aguilar expuso, siempre según la Acordada 779/19, que Macedo seguía usando el sello de San Pablo pese a que ya no prestaba servicios allí. El juez de Paz auditor relató que, por este motivo, a menudo se presentaban ciudadanos a su oficina con el objetivo de extraer copias, pese a que los instrumentos no figuraban en sus libros. Aguilar añadió: “Macedo realizó casamientos en distintas localidades de la provincia de manera particular, sin comunicar a los contrayentes a qué jurisdicción pertenecían sus libros…”.
Los vocales Posse y Sbdar, y el camarista Acosta expresaron que Macedo no contestó los cargos que le notificaron ni ofreció pruebas para desvirtuarlos. La semana pasada durante un diálogo telefónico con LA GACETA, el juez de Paz cuestionado dijo: “hablaré cuando me jubile, si es que me dejan jubilar. Mis hijos y mi hermano (Eudoro Albo, camarista de Apelaciones en lo Penal de Instrucción) trabajan en Tribunales, y no quiero perjudicarlos”. El juez de Paz, que tiene 67 años, llegó a su cargo en 2001. Según comentó, en el presente estaba juntando los papeles y requisitos para solicitar la jubilación con el beneficio del 82% móvil.
Si las denuncias avanzan y lo destituyen, Macedo perdería el acceso a un retiro privilegiado. Para evitar ese riesgo, el juez de Paz debería lograr que el gobernador Juan Manzur le aceptara la renuncia. Es el camino que eligió Guerra, que presentó la dimisión a finales de mayo y todavía espera el visto bueno del jefe de Estado. El 3 de abril, Manzur había consentido el alejamiento de Antonio Héctor Heredia, decisión que permitió al ex juez de Paz de Alderetes librarse del proceso de destitución por irregularidades relativas a la confección de DNI que también había promovido la Corte Suprema.
Decoro afectado
“De una atenta lectura de estas actuaciones surge que Macedo incurrió en graves ‘inconductas’ al considerar las obligaciones que debe cumplir como funcionario judicial, y agente del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas”, afirmaron Posse, Sbdar y Acosta. Y añadieron que el juez de Paz había omitido “de manera reiterada” el cumplimiento de las normas que regulan el manejo de los libros y la elaboración de las actas: “la irresponsabilidad y la falta de probidad del funcionario Macedo para cumplir con las funciones del Registro Civil deben ser objeto de reproche disciplinario. Además, la habitualidad de las conductas irregulares configuran el mal desempeño del juez de Paz”.
La Corte apuntó que las ausencias de Macedo iban en contra del pronto despacho de las labores encomendadas al Juzgado de Paz, que reclamaban la presencia del titular de la oficina en los horarios de atención al público. “Es indudable que la inasistencia del funcionario a cargo desencadena una responsabilidad disciplinaria”, expresó el alto tribunal.
Posse, Sbdar y Acosta recordaron que la conducta de un juez de Paz debía ser intachable tanto en el ejercicio de la función pública como en su vida privada. “En ese sentido, la sobriedad, la moderación, la prudencia y la decencia deben ser observadas a fin de no comprometer la dignidad de la alta función que detentan”, reflexionaron. Y acotaron: “un juez de Paz denunciado penalmente por violencia de género en seis oportunidades por la misma mujer puede estar incurso en una conducta delictiva, lo que compromete seriamente el prestigio del Poder Judicial”.
La Acordada 779 insistió en que los funcionarios judiciales tenían obligaciones administrativas que debían observar dentro y fuera del servicio. “El agente tiene que conducirse en forma decorosa y digna, tanto en su ámbito laboral como fuera de él para no lesionar el buen funcionamiento de la administración de justicia”, reiteró. Y advirtió que la intensidad y la naturaleza de las situaciones constatadas en el caso de Macedo comprometían “seriamente” la eficiencia de las prestaciones pues afectaban el buen orden y el decoro del servicio. Para rematar, la Corte recordó: “cabe tener presente que del legajo personal surge que Macedo había recibido otras sanciones disciplinarias graves por el incumplimiento de sus deberes”. Los antecedentes revelan que el alto tribunal había aplicado al juez de Paz dos suspensiones sin goce de haberes: una de cinco días en 2011 y otra de quince en 2014.