La cosecha y el empaque de limón ingresan a los Convenios de Corresponsabilidad Gremial

La cosecha y el empaque de limón ingresan a los Convenios de Corresponsabilidad Gremial

Tienen por finalidad el acceso a la cobertura de los diferentes subsistemas de la seguridad social para el trabajador y su familia.

 La cosecha y el empaque de limón ingresan a los Convenios de Corresponsabilidad Gremial ARCHIVO
18 Junio 2019

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incluyó a la actividad de cosecha y empaque de limón d Tucumán, Salta y Jujuy en los Convenios de Corresponsabilidad Gremial (CCG).

Lo hizo a través de la resolución general 4508/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial, que precisó que a partir de abril de este año se incorpora el convenio suscripto por la Asociación Citrícola del Noroeste Argentino (Acnoa) y la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (Uatre).

Los Convenios de Corresponsabilidad Gremial son acuerdos entre asociaciones de trabajadores con personería gremial y empresarios de la actividad rural, que tienen por finalidad el acceso a la cobertura de los diferentes subsistemas de la seguridad social para el trabajador y su familia.

El empleador reemplaza el pago mensual de aportes y contribuciones destinados al sistema de la seguridad social por un pago diferido, englobado dentro de la denominada "tarifa sustitutiva", que se realiza en el momento más adecuado del proceso productivo, a través de un agente de retención definido por las partes en el convenio.

Detalles

- El convenio de la actividad citrícola alcanza a las empresas empacadoras de limones de la cosecha con destino al mercado interno; y al productor y exportador que las contrate.

- El importe a percibir por el organismo recaudador se calculará por cada operación de exportación aplicando la tarifa sustitutiva establecida en el Convenio para cada tipo de mercadería.

- El trabajador comprendido en un CCG tiene derecho a la percepción de las asignaciones familiares contributivas, como todo trabajador registrado a la seguridad social.

- Al finalizar la relación laboral el trabajador vuelve a tener derecho a percibir la Asignación Universal por Hijo.

- El sistema de seguridad social garantiza la percepción de la asignación familiar por hijo poniendo en un pie de igualdad al hijo del trabajador formal con el hijo del trabajador informal o desempleado.

¿Qué derechos se garantizan a los trabajadores?

Cobertura de salud para el trabajador y su familia a través de una obra social.

Percepción de las asignaciones familiares.

Acceso al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Cobertura de riesgos del trabajo (ART).

Seguro de desempleo.

Los CCG inducen la formalización de las relaciones laborales y aseguran el ingreso de las cotizaciones a la seguridad social. 

Es una herramienta de gran utilidad en la lucha para la eliminación del trabajo infantil.

Competencia leal

La particularidad es que la tarifa sustitutiva se calcula sobre quintales cosechados efectivamente y no sobre masa salarial como debería hacerse por la vía del Régimen General. 

Esto genera un camino hacia la leal competencia e induce a los empleadores a registrar a sus empleados. Es decir, como el cálculo se hace en base a quintales cosechados, todos quienes hayan producido y cosechado uva utilizando mano de obra van a pagar la tarifa. 

En teoría, este sistema da por terminada la competencia desleal de quienes bajan sus costos no registrando sus empleados para no pagar sus cargas sociales.

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