Recomiendan a los electores que no entren al cuarto oscuro con celulares ni cámaras

Recomiendan a los electores que no entren al cuarto oscuro con celulares ni cámaras

Recomiendan a los electores que no entren al cuarto oscuro con celulares ni cámaras
06 Junio 2019

La Junta Electoral Provincial dispuso una serie de medidas de seguridad para garantizar la paz y la tranquilidad durante los comicios. En ese marco, instruyó a las fuerzas de seguridad sobre “su obligación de prevenir e investigar la comisión de cualquier ilícito electoral, evitando que se consumen prácticas clientelares o de fraude electoral el día de los comicios”.

Entre las prácticas irregulares que ameritarán la acción de las fuerzas de seguridad y la sanción correspondiente detalló la presentación de DNI falso al momento de votar, sustraer o destruir boletas o urnas, adulterar certificados y actas de mesa o telegramas, reemplazar boletas de votación oficializadas por votos no oficializados, retener el documento para evitar que el elector vote, amenazar a un elector para que no vote, u obligar a un elector a votar por un determinado candidato. Advirtió que es ilícito amenazar a los electores con suspender los beneficios de programas sociales si no emiten el sufragio en favor de un candidato, partido político o frente, votar por otro utilizando un DNI falso, y falsear los datos en las actas y certificados de escrutinio.

Instó a la población a denunciar cualquiera de estas prácticas ante la Junta Electoral, la Policía, la Fiscalía de Instrucción de turno y las Oficinas de Recepción de Denuncias del Ministerio Público Fiscal en los Tribunales de Capital y Centros Judiciales de Monteros y de Concepción. Advirtió que será sancionado todo el que presente una denuncia falsa.

Además, recomendó a los electores que no ingresen al cuarto oscuro con celulares, cámara de fotos o de filmación “ante la posibilidad de que puedan registrar las firmas de las autoridades de mesa y fiscales estampadas en los sobres o filmar el momento en que introducen el voto en el sobre”, completando así conductas irregulares sancionadas por la ley.

Para prevenir estas prácticas, la JEP exigió a las autoridades de mesa que “controlen exhaustivamente que las firmas consignadas en los sobres sean las propias”.

Actividades prohibidas

La JEP precisó que no se pueden hacer reuniones de electores, abrir locales partidarios ni entregar boletas electorales en un radio de 80 metros alrededor de las escuelas donde se vota. Tampoco se pueden hacer espectáculos de cualquier tipo hasta tres horas después del cierre del los comicios, por lo que la JEP podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción.

Tampoco se puede portar armas, usar divisas, banderas u otros distintivos desde 12 horas antes del inicio de los comicios y hasta tres horas después del cierre, a las 18.

No se podrán realizar actos públicos de proselitismo ni publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales desde 48 horas antes de los comicios y hasta tres horas después del cierre del acto electoral. Los fiscales generales o de mesa de los partidos políticos tampoco podrán hacer control de asistencia de electores a la votación en un radio de 80 metros de las escuelas donde se sufrague.

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