En consonancia con una presentación del legislador de Vamos por Tucumán, José María Canelada, la Junta Electoral Provincial, integrada por los doctores Daniel Posse, Washington Navarro y Estela Giffoniello, dispuso una serie de medidas de seguridad para garantizar “la paz y la tranquilidad durante los comicios provinciales” de este domingo. En este sentido, instruyó a las fuerzas de seguridad sobre “su obligación de prevenir e investigar la comisión de cualquier ilícito electoral, evitando que se consumen prácticas clientelares o de fraude electoral el día de los comicios”.
Prácticas irregulares
Entre las prácticas irregulares que ameritarán la acción de las fuerzas de seguridad y la sanción correspondiente detalló la presentación de DNI falso al momento de votar; sustraer o destruir boletas o urnas durante el acto comicial; adulterar certificados y actas de mesa o telegramas; reemplazar boletas de votación oficializadas por votos no oficializados; retener el documento para evitar que el elector vote; amenazar a un elector para que no vote; u obligar a un elector a votar por un determinado candidato. Asimismo advirtió que también es ilícito amenazar a los electores con suspender los beneficios de programas sociales si no emiten el sufragio a favor de un candidato, partido político o frente; quien votare por otro utilizando un DNI falso; y falsear los datos en las actas y certificados de escrutinio.
Corte de luz
También dispuso que si hubiera un corte de energía durante el escrutinio de mesa, las autoridades de mesa deberán suspender el escrutinio, cerrar la urna y trasladarla con custodia de la Gendarmería al lugar que indique la Junta Electoral Provincial, adonde se realizará el escrutinio correspondiente.
Sin celulares
La Junta Electoral recomendó también a los electores que no ingresen al cuarto oscuro con celulares, cámara de fotos o de filmación “ante la posibilidad de que puedan registrar las firmas de las autoridades de mesa y fiscales estampadas en los sobres o filmar el momento en que introducen el voto en el sobre” completando así conductas irregulares sancionadas por la ley.
Estricta firma del padrón
La JEP recordó también a las autoridades de mesa que cumplan estrictamente con la firma del padrón por parte del elector antes de entregarle el comprobante del voto. Si el votante se negara a firmar deben hacerlo constar en el acta correspondiente.
Actividades prohibidas
Está prohibido durante la jornada electoral abrir locales partidarios ni entregar boletas electorales en un radio de 80 metros alrededor de las escuelas donde se vota; tampoco se pueden hacer espectáculos de cualquier tipo hasta tres horas después del cierre del comicio el 9 de junio por lo que la JEP podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción.
Tampoco se puede portar armas, usar divisas, banderas u otros distintivos desde 12 horas antes del inicio de los comicios y hasta tres horas después del cierre, a las 18.
No se podrá realizar actos públicos de proselitismo ni publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales desde 48 horas antes de los comicios y hasta tres horas después del cierre del acto electoral. Los fiscales generales o de mesa de los partidos políticos tampoco podrán hacer control de asistencia de electores a la votación en un radio de 80 metros de las escuelas donde se sufrague.
El pedido de Canelada
En cuanto al escrito enviado por Canelada a la Junta Electoral, el candidato a mantener su banca en la Legislatura solicitó, entre otros puntos:
1- Prohibir el uso de teléfonos celulares, cámaras y de cualquier otra tecnología que permita captar imágenes y filmar dentro del cuarto oscuro.
Fundo este pedido en el carácter secreto del voto, el cual es una garantía de nuestro sistema electoral para impedir que se pueda influir en la libre manifestación de voluntad por parte de los electores al momento de sufragar.
El ingreso con teléfonos celulares y/o cámaras al cuarto oscuro permite al elector tomar fotografías y filmar mientras emite el sufragio, poniendo en riesgo el secreto y dejando abierta la puerta a prácticas clientelares. En este sentido, cabe destacar que el Tribunal Electoral de la Provincia de Córdoba, mediante Resolución Nº 46 de fecha 02.05.19, adoptó medidas en idéntico sentido a lo aquí solicitado, constituyendo un antecedente en el ámbito nacional. En prueba de lo manifestado adjunto copia simple (ver aparte).