Lucas Lucena le pidió varias veces perdón a Jorge Fernández Sigona, durante la audiencia oral. Frente a Dante Ibáñez, presidente de la Sala III en lo Penal, el acusado le rogó disculpas al esposo de la mujer que lo había filmado cuando intentaba robarle, junto con un acompañante, en la vereda de calle Las Piedras al 2.200. “No fue mi intención”, enfatizó. “Sé lo feo que fue, porque yo también soy padre”, le explicó, rememorando que la pequeña hija de la víctima estaba ahí también.
El juez, bajo la modalidad unipersonal, dispuso el viernes la suspensión del juicio contra Lucena, de 25 años, y de Carlos López, de 29 años, por tentativa de robo simple, un delito excarcelable. El magistrado dispuso, en cambio, que los imputados pagaran una indemnización a las víctimas y efectuaran trabajos comunitarios.
Se trata de una probation, un recurso contemplado en las normas procesales en caso de un delito leve. Y se otorga sólo una vez a la persona que no cuenta con antecedentes, como ocurrió en este caso. En particular, la propuesta de efectuar tareas sociales había sido acordada previamente por la defensa de los acusados y el Ministerio Público Fiscal (MPF).
El joven, de 25 años, pidió disculpas y ratificó su posición ante la acusación: se declaró culpable del hecho. Dijo en la audiencia que no había estado consciente cuando había interceptado a la madre y a la niña, aunque aclaró que no las había tocado, pese a su estado.
Además, confesó que se había sentido mal por estar preso. “Ha sido horrible”, recalcó.
Por su parte, López, dio datos personales y destacó que no consumía estupefacientes. Aunque agregó: “en esos momentos había consumido cocaína y estaba alcoholizado”.
La sentencia
En su fallo, Ibáñez hizo lugar a la suspensión del juicio y aceptó el “ofrecimiento de resarcimiento civil a las víctimas realizado por los imputados”. Por ello, los dos jóvenes depositaran $ 5.000 cada uno, en dos pagos ($ 2.500) mensuales y consecutivos.
También establecieron reglas de conductas que Lucena y López deberán cumplir por un plazo de tres años, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento:
• Deberán fijar residencia en la provincia y no podrán ausentarse del territorio tucumano sin autorización del Tribunal. Comunicarán, también, cualquier cambio de domicilio.
• No podrán consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas. Deberán llevar adelante un tratamiento por las adicciones.
• Realizarán trabajos comunitarios una hora por día, como mínimo, y cuatro horas semanales en la Fundación “Fuente”, una iglesia que funciona en Las Talitas. Allí harán tareas de pintura y arreglarán los muebles. Los imputados deberán presentar el estatuto de esta institución en el plazo de 10 días hábiles ante Secretaría de la Sala III. Cada mes comunicarán su asistencia y cumplimiento. En caso de imposibilidad, se deberá determinar vía de ejecución de sentencia otro trabajo comunitario alternativo.
• En un año, los jóvenes deberán finalizar sus estudios secundarios. Durante la audiencia habían dicho que les faltaban materias para completar ese nivel educativo.
El Patronato de Internos y Liberados corroborará el cumplimiento de las reglas de conductas, dispuestas por la Sala III en los tres años.
Repercusiones
La fiscal de la causa, Adriana Reynoso Cuello, hizo hincapié luego de la jornada en que los acusados “no deben cometer delitos durante esos lapsos”, y destacó la inmediatez del proceso penal.
“El doctor (Ibáñez) les ha advertido a los imputados que la ley prevé este tipo de sanciones; es benigna porque no tienen que cumplir una pena privativa, pero sí deben estar sometidos al proceso y control del cumplimiento de las reglas de conductas que se les ha impuesto”, expresó.
Humberto Castaldo, abogado defensor de los imputados, explicó que el beneficio (por la probation) se dio porque López y Lucena no tenían antecedentes penales. “Es un derecho que tienen los imputados. Se les pidió, además, que hagan un tratamiento por el uso de alcohol y estupefacientes; que terminen los estudios secundarios y que no cometan un nuevo delito, todo bajo el apercibimiento que se revoque la sentencia mediante un debate oral y público”, indicó el letrado.
La familia
Sigona, esposo de Lorena García Ross y padre de la menor, manifestó que le sonaba “irrosorio el monto del resarcimiento”, ya que los gastos del psicólogo habían sido mayores. Sin embargo, expresó que no necesitaba el dinero y que iba a donarlo.
El domingo de Pascua, la mujer y la niña habían sido interceptadas por dos motochorros, cuando caminaban por la vereda. Lorena filmaba a la pequeña, en el momento del ataque. Así, los acusados quedaron filmados y sus rostros se conocieron públicamente en el país. Los autores se entregaron luego a la Justicia.