La proyección de inflación para abril rondará “el 4%” y para mayo al menos el 3%, aseguró ayer el economista Nicolás Crespo, de la consultora Elypsis, quién descartó que pueda haber una hiperinflación.
“Para abril tenemos una inflación en torno del 4%; para mayo estábamos en 3%, pero dada a la volatilidad cambiaria de esta semana, y la presión que se pueda generar por el aumento de los combustibles, se puede volver a acelerar; por lo que creo que con 3% nos quedamos cortos; y podría aumentar tranquilamente medio punto más”, opinó Crespo.
Además, Crepo agregó que “no creo que estemos con posibilidades de entrar en una hiperinflación. La realidad es que hay bastante control de los agregados monetarios”.
Plazo fijo
El gobierno nacional determinó la exención del impuesto que se debe pagar por la apertura de una cuenta corriente, cuando los fondos de la misma provengan del vencimiento de un depósito a plazo fijo. En marzo de 2001, a través de la Ley de Competitividad se fijó una alícuota del 2,5 por mil para las operaciones realizadas a través de cuentas corrientes, ya sean depósitos o extracciones en efectivo, a través de cheques o por débito automático.
En esa oportunidad se estableció la exención del tributo para “los débitos en cuenta corriente correspondientes a los fondos que se destinen a la constitución de depósitos a plazo fijo en la misma entidad bancaria en que se halla abierta dicha cuenta”.