1. ¿Quiénes son los destinatarios del proyecto?
El texto apunta a regular el uso de la fuerza para la Policía provincial, que tiene determinada su labor por normas locales (como la Ley Orgánica de la Policía).
2. ¿Regirá el protocolo “Bullrich” en Tucumán?
La Provincia no se adherirá a la norma, al margen de que las disposiciones efectuadas por la ministra de la Nación rigen para fuerzas federales en esa jurisdicción.
3. ¿Podrá un policía disparar a discreción?
No. Está permitido sólo “cuando resulten insuficientes otras medidas menos extremas y su uso sea necesario por actuar en defensa propia o de otras personas”.
4. ¿Están previstas prohibiciones expresas?
Sí. Los policías no deberán “disparar cuando hay un riesgo para terceros” ni “emplear de manera excesiva y desproporcionada las armas intermedias”.
5. ¿Pueden efectuar tiros sin visibilidad clara?
No. Está prohibido disparar “a través de ventanas, puertas, paredes y otros obstáculos hacia un objetivo que no esté plenamente identificado”.
6. ¿Se fijan lineamientos generales de acción?
Sí. Por ejemplo, el policía debe “dispensar trato impersonal” y “nunca deberá tomar una infracción como una ofensa a su persona”.
7. ¿En qué casos podrán utilizar armas letales?
“En defensa de la vida propia” o de terceros o en caso “de peligro serio e inminente de muerte o lesiones graves”, siempre que no alcance con otras vías.
8. ¿El protocolo advierte sobre el uso excesivo?
Sí. “La extralimitación en las facultades conferidas por (las) normas implicará para el efectivo policial una grave responsabilidad administrativa y penal”, expresa.
9. ¿Existen limitaciones a las armas eléctricas?
“El personal debe usar el arma eléctrica sólo en un caso necesario para los fines de control perseguidos”, reza. Se procura no poner en riesgo la vida del agresor.
10. ¿Podrá aplicarse varias armas eléctricas?
No. El protocolo expresa: “el personal de seguridad no puede intencionalmente activar más de un arma de control eléctrica a la vez contra el mismo sujeto”.