Scaloni será confirmado en el cargo y se tratará la reestructuración de la B Nacional

Scaloni será confirmado en el cargo y se tratará la reestructuración de la B Nacional

La AFA celebrará mañana una Asamblea extraordinaria en Ezeiza.

Lionel Scaloni. (FOTO TOMADA DE PRENSA AFA) Lionel Scaloni. (FOTO TOMADA DE PRENSA AFA)
28 Noviembre 2018

La AFA celebrará mañana a las 15.30 en su predio de Ezeiza una Asamblea Extraordinaria en la que se decidirá la efectivización de Lionel Scaloni como entrenador del seleccionado argentino y se tratará la reestructuración del campeonato de la Primera B Nacional para la temporada 2019-2020.

Los otros considerandos que tratará la Asamblea, según reza el orden del día, son los siguientes:

"El Comité Ejecutivo, de conformidad con las disposiciones estatutarias del Art. 31º, apartado 1; y, Art. 27, apartado 1 - votación por medio de un dispositivo electrónico, convoca a Asamblea extraordinaria para el día jueves 29 de noviembre de 2018, a las 15,30, en el Predio "Julio Humberto Grondona" de la Asociación del Fútbol Argentino, sito en Autopista Riccheri y Enrique Fernández García, Ezeiza, Provincia de Buenos Aires, para considerar el siguiente Orden del Día:

1º) Aprobación del orden del día (Art. 31º, apartado 3, del Estatuto).

2º) Nombramiento de tres delegados encargados de verificar los poderes (Art. 49º del Reglamento General).

3º) Nombramiento de dos delegados encargados de verificar y suscribir el acta (Art. 33º, del Estatuto y Art. 51º del Reglamento General).

4°) Proyecto de modificaciones al Estatuto: Organos Jurisdiccionales - Art. 65° Tribunal de Apelación, apartado 3 (Art. 25°, inc. a; y, Art. 32°, apartado 1, del Estatuto).

5°) Proyecto de modificaciones al Estatuto: VI Competencias y Derechos - Art. 78° Concesión de Licencias a los Clubes, apartados 1, 2, 3 y 4 y Art. 81°, apartados 7 y 8 (Art. 25°, inc. a; y, Art. 32°, apartado 1, del Estatuto).

6°) Proyecto de modificaciones al Estatuto: VIII Disposiciones Finales - Art. 87° Disposiciones Transitorias, apartado.

7#) (Art. 25°, inc. a; y, Art. 32°, apartado 1, del Estatuto). 7°) Proyecto de modificaciones al Reglamento de Transgresiones y Penas: Capítulo XIX. Sanciones a Miembros del Personal Técnico - Arts. 260° y 261° (Art 25° inc. a; y Art. 32° apartado 1 del Estatuto).

8°) Proyecto de creación de una persona jurídica bajo la forma jurídica de Fundación. Aprobación de los objetivos, nombre y montos a asignar. Delegación en el Comité Ejecutivo de la definición de las actividades, bases presupuestarias y texto del Estatuto. Se encomienda y autoriza al Presidente la firma de las escrituras y demás instrumentos públicos y privados que fueran necesarios para solicitar la personería jurídica ante IGJ (Inspección General de Justicia de la Nación)". (Télam)

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