Poco más de dos semanas después de haber dictado sentencia a los imputados por el asesinato del líder comunitario Javier Chocobar, los jueces Wendy Kassar, Emilio Paez de la Torre y Gustavo Romagnoli expusieron los fundamentos de la sentencia de 22 años de prisión para Darío Amín, 18 para Luis Humbeto Gómez y 10 para Eduardo Valdivieso Sassi.
El tribunal de la Cámara en lo Penal Sala IV condenó a Amín por homicidio agravado por el uso de armas de fuego y homicidio agravado por uso de armas de fuego en grado de tentativa. Se evaluaron pruebas materiales, testimonios y la reconstrucción del hecho ocurrido el 12 de octubre de 2009, cuando los condenados entraron a la localidad de El Chorro y, tras una discusión con integrantes de la comunidad Chuschagasta, sacaron armas y comenzaron a disparar. En el hecho fueron heridos Emilio y Andrés Mamaní. Chocobar cayó herido y se desangró en minutos.
Gómez fue condenado como partícipe secundario y por portación de arma de fuego sin autorización legal; y Valdivieso Sassi, como partícipe secundario y por portación de armas de fuego. Hoy comienza a correr el plazo de 10 días hábiles para que las partes interpongan recursos ante la Corte Suprema de la Provincia.
Los jueces rechazaron planteos de nulidad de las defensas sobre el cambio de imputación a Amín. A partir de los testimonios, las querellas y la fiscala pidieron que se lo acuse por el homicidio, por el que estaba imputado Gómez.
El tribunal reconoció además que el conflicto de base que terminó con el asesinato de Chocobar es el derecho sobre la tierra que reclamaban tanto Amín como la Comunidad Los Chuschagasta.
“El claro indicio de que los imputados sabían que podría haber resistencia, oposición y hostilidad por parte de la Comunidad Indígena en la defensa de lo que para ellos es su territorio, fue el cuantioso y considerable armamento con el que fueron a su encuentro”, sostienen en el texto.