El ascenso del ex comisario Enrique García sigue generando polémicas en el juicio por el crimen de Paulina Lebbos. Una ex asesora de la fuerza desmintió el testimonio que brindó el actual Jefe de Policía sobre este tema.
“No hay ninguna norma que establezca el cambio de un sumario administrativo a información sumaria”, dijo Margarita Gómez, ex jefa del departamento Jurídico de la Policía. Esta figura específica había sido utilizada para permitir el ascenso de García en 2010 que fue condenado a cumplir con una condena de cinco años de prisión por falsificación de documentos oficiales y de firmas en 2013, un caso vinculado al homicidio de la joven, ocurrido en 2006.
La ex funcionaria también justificó la habilitación para la promoción del ex comisario, al argumentar que la causa que estaba vigente en 2010 por falsificación de documentos públicos, no contaba con requerimiento de elevación a juicio.
Este fue el principal elemento que tuvo en cuenta la Asesoría Letrada de la Policía para permitir el ascenso del ex comisario de Raco.
Díaz dijo que el jefe de Policía Hugo Sánchez, imputado por encubrimiento, no tenía incidencia en la integración de la nómina que elabora la Junta de Calificaciones de la fuerza. Gómez, en cambio, expresó que titular de la fuerza tiene facultad para hacer observaciones y devolver la lista de propuestos para los ascensos, para la revisión.
Díaz, que integraba la Junta para ascensos de jefes y superiores, manifestó que no tenía incidencia en la nómina de ascensos por “antigüedad calificada”. Mientras que la ex titular de Asesoría Legal remarcó que la Junta votaba y puntuaba a los candidatos que venían del Departamento Personal de la Policía.
Gómez dijo que el ex subjefe, Nicolás Barrera, tenía voz, pero no podía votar. Podía intervenir en caso de empate con un voto.
Antes de que declarara la ex asesora, Díaz reconoció las falencias del régimen de ascensos de la Policía.
Es más, el actual titular de la fuerza local se refirió específicamente a la figura “antigüedad calificada”, que da vía libre a las promociones de grado para jefes que cumplieron funciones en un cargo durante varios años, sin una mejora en la escala. Describió ese mecanismo como un “sistema perverso”.
El titular de la fuerza hizo hincapié otra vez en las injusticias de un esquema de ascenso, al referirse al caso del ex comisario de Raco. “Hay un sistema perverso que es la ‘antigüedad calificada’. (Como jefe de Policía) tengo que continuar con ese sistema hasta que se modifique. García venía con sumario administrativo, cambió su situación y fue tenido en cuenta luego para el ascenso por ‘antigüedad calificada’. Sabía, al igual que el resto de la Junta de Calificaciones, que García había sido detenido y puesto en libertad por la investigación penal”, remarcó.
Frente a la Sala III, recordó que el comisario de Raco afrontaba un sumario administrativo debido al proceso penal, lo que le impedía un ascenso. En 2006, el área de Asesoría Letrada y la Jefatura de Policía, a cargo del hoy imputado Hugo Sánchez, habían denegado el pedido de García para que se revise su caso. Había requerido su reintegro, tras haber sido confirmado su “situación pasiva”, es decir, sin servicio.
Sin embargo, García logró el ascenso cuatro años después, favorecido por la figura de “antigüedad calificada”.
Explicaciones
En ese momento, José Díaz integraba una de las Juntas de Calificaciones de la fuerza, que definía los ascensos a diferentes rangos del escalafón (suboficial y oficiales y superiores, entre otros). El condenado había sido incorporado al cupo de ascensos “directos” (los primeros cuatro), que estaba bajo esa condición administrativa.
El Departamento de Personal de la Policía había enviado la lista oficial, en la que estaba incluido el comisario.
Esto había sido viable debido a un cambio de la situación de García: el expediente había pasado previamente de “sumario administrativo” a “información sumaria”, lo que le permitió aspirar a ese salto de grado.
Las distinciones
Según el artículo 93 de la Ley del personal de la Policía, el agente imputado responsable de faltas, con sumario administrativo en trámite, no podrá ascender mientras no concluya la causa.
En el artículo 94, a la vez, hace referencia a que la prohibición también corresponde a casos de actuaciones administrativas derivadas de una investigación judicial, aun cuando estos se resolvieran a favor del imputado.
“No se tuvieron en consideración los dos artículos para el caso García. Trabajamos en la Junta en función del análisis del Departamento de Personal, que dice quién puede ascender y quién no. El ascenso de García quizás no haya sido el único con estas condiciones; se dieron en casos anteriores. Era una práctica institucionalizada: el pase de sumario administrativo a información sumaria”, explicó Díaz.
Destacó que la Fiscalía de Estado del Poder Ejecutivo también puede evaluar los ascensos. “Va a consideración de la Fiscalía de Estado para ver si se cumplió con la norma”, añadió.
Díaz consideró que la situación procesal de García no varió entre 2006 y 2010, por lo que el ex comisario no estaba en condiciones de ascender de cargo.