Caso Lebbos: más críticas a planteos de Alperovich y de Jiménez
El veedor de la Nación dijo que las negativas a responder del senador y del ministro fiscal podrían ser encuadradas en “figuras delictivas”. El letrado Robles envió una nota al ministro de Justicia nacional, en el que expresó que los funcionarios “buscan protección en sus fueros”.
Las negativas a declarar por escrito del senador José Alperovich y del ministro fiscal, Edmundo Jiménez, bajo el argumento del pedido de impugnación de los cuestionarios, han recibido ayer nuevas críticas. El veedor de la Nación, Juan Roberto Robles, planteó que las acciones procesales del ex gobernador y su ex ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, en el marco del juicio por el crimen de Paulina Lebbos y el encubrimiento del hecho, se podrían encuadrar en figuras delictivas “contra los poderes públicos y el orden constitucional”.
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En una nota dirigida al ministro de Justicia nacional, Germán Garavano, Robles expresó que Alperovich y Jiménez “buscan protección en sus fueros y en el poder político de la provincia, con el fin de evitar prestar declaración como testigos en el proceso oral y responder a las preguntas del Tribunal y las partes. “De este modo, incurren en un claro alzamiento contra el Poder Judicial (PJ)”, afirmó.
“Sus conductas, por la gravedad institucional de sus consecuencias, podrían estar encuadradas en las figuras delictivas contenidas en el Título XI del Código Penal, ‘Delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional’, Capítulo I, ‘Atentados al orden constitucional y a la vida democrática’, pues en el artículo 226, se reprime con prisión de cinco a 15 años a quienes pretendan eliminar la división de poderes y abrogar los derechos fundamentales de la persona humana”, añadió el abogado designado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
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El lunes, la Sala III, integrada por Carlos Caramuti (presidente), Dante Ibáñez y Néstor Macoritto, rechazó por inoportunos los planteos del senador y el jefe de fiscales, quienes se habían negado a responder interrogatorios escritos y enviados por las partes. Además, habían solicitado que se revea la decisión del Tribunal de hacerlos contestar durante el juicio y mediante esos documentos, a través de un recurso de reposición. Tras el rechazo de los vocales, los testigos deberán responder las preguntas relacionadas con el crimen de la estudiante y el encubrimiento.
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Entre otros argumentos, Alperovich y Jiménez manifestaron que los cuestionarios habían sido “claramente impertinentes” y “no esclarecían el hecho investigado”. El ex gobernador había enfatizado que las preguntas de Gustavo Morales, representante del imputado Eduardo Di Lella, vinculaban a sus familiares, “siendo un interrogatorio impertinente y pudiendo agravar el buen nombre y honor” de los parientes.
En diciembre, la Sala III hizo lugar de manera parcial al planteo de anticonvencionalidad del artículo 230 del Código Procesal Penal de Tucumán. Esto les permitió a Alperovich y a Jiménez adherir al beneficio de los fueros por ocupar cargos públicos, y responder por escrito los formularios del proceso. En esa medida, los jueces también aclararon que los testigos debían comparecer a la audiencia en caso de que alguna de las partes necesitara realizar preguntas aclaratorias o “suplir eventuales omisiones”.