La Corte Suprema de Justicia de Tucumán aplicó la máxima sanción para dos jueces de Paz, Pedro Antonio Núñez, de Los Gómez, y José Solano Lazarte, de Alto de Anfama. Según el alto tribunal, ambos funcionarios legos cometieron faltas graves y, en consecuencia, deben ser destituidos por la Legislatura. La decisión de iniciar el proceso de expulsión consta en la Acordada 1.236 del 13 de octubre de 2017 que firmaron los vocales Antonio Gandur (presidente), René Goane, Antonio Estofán, Claudia Sbdar (con su voto) y Daniel Posse.
Después de practicar un sumario administrativo, la Corte consideró que los jueces de Paz investigados habían otorgado poderes de disposición en forma irregular. Estos instrumentos luego fueron usados en operaciones inmobiliarias fraudulentas.
El alto tribunal inició la investigación interna en 2016 a partir de una presentación de María Laura Ojeda de Colombres, directora del Registro Inmobiliario de Tucumán, quien detectó la existencia de poderes de disposición otorgados ante juzgados de Paz y utilizados luego en hechos presuntamente delictivos. Ojeda de Colombres informó que, en paralelo, había hecho la correspondiente denuncia penal, al igual que los particulares afectados por las maniobras.
Dos sanciones previas
“De las constancias de la investigación administrativa surge la falta de cumplimiento de los deberes a su cargo por parte de Núñez y Lazarte”, dijeron los vocales. Respecto del primero, consideraron que intervino en el otorgamiento de un poder especial de 1984 para vender donde tanto los otorgantes como el beneficiario tenían domicilio en San Miguel de Tucumán, lugar de asiento de los inmuebles objeto del acto. El protocolo de Los Gómez donde debía estar registrado el instrumento no pudo ser encontrado: no estaba ni en la Inspección de la Justicia de Paz a cargo de Raúl Fernando Scrocchi ni en el Archivo General de la Provincia.
“Núñez no ha podido probar la remisión al Archivo provincial del libro de protocolos ni deslindar su responsabilidad por actuar fuera de los límites de su jurisdicción”, añadieron. La Corte mencionó, a título informativo, que el juez de Paz de Los Gómez había sido sancionado dos veces antes con suspensiones sin goce de haberes y que estaba siendo investigado en otro sumario abierto en 2016 por la denuncia administrativa del ciudadano Gerardo Valdez: “como resultado de ello, existe una causa penal en contra de Núñez con requerimiento de elevación a juicio, en el que se le imputó el presunto falseamiento de un acta de constatación mediante la que se entregó la posesión de tres inmuebles (a Ángel ‘El Mono’ Ale) en perjuicio de Valdez”.
Cuatro sanciones previas
En cuanto a Lazarte, que estaría próximo a jubilarse, la Corte observó que la causa penal iniciada a propósito del instrumento cuestionado tenía un requerimiento de elevación a juicio emitido por el fiscal Diego López Ávila (N°4). Ese dictamen imputa al juez de Paz una variedad de posibles delitos que comprenden desde la estafa hasta la asociación ilícita.
En el ámbito del sumario administrativo, la Corte dio por comprobado que Lazarte certificó como copia fiel del original un poder cuyo original citado no existe en el protocolo que él mismo menciona. “Dicho poder constituye la prueba material de que el juez de Paz cometió una grave falta funcional, por cuanto los otorgantes e inmuebles en cuestión tenían domicilio en San Miguel de Tucumán, es decir, que no se encontraba habilitado por la ley para conformar dicho acto jurídico por estar expresamente prohibido por la normativa vigente”, expresaron los vocales. Al igual que Núñez, Lazarte había sido sancionado varias veces en el pasado. Por otros hechos, recibió tres apercibimientos y una suspensión sin goce de haberes.