Las largas filas en las comisarías los días domingos para justificar la imposibilidad de votar son una postal de cada elección en nuestro país. Algunas personas resignan horas de su tiempo dominical en la gestión, que luego debe ser completada con la presentación del certificado policial ante la Secretaría Electoral. Sin embargo, en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), del próximo domingo, el trámite podría reducirse a la mitad, ya que la constancia podrá ser presentada a las autoridades a través de internet.
A partir del domingo 13 de agosto, día de las PASO, y durante los 60 días, posteriores funcionará un sitio web del “Registro de Infractores al deber de votar” al que podrán recurrir todos aquellos que no voten en las elecciones. Allí, cada uno de los ausentes en las urnas podrán justificar su “no voto” y, así, evitar el pago de multas, destaca Clarín.
La dirección es: https://infractores.padron.gob.ar.
Entre las razones para justificar el “no voto”, están:
- Distancia mayor a 500 km (o hallarse fuera del territorio de la República Argentina).
- Enfermedad - motivos de salud.
- Fuerza mayor (inundación, etcétera).
- Denuncia de fallecimiento.
- Funciones electorales (Acordada 37/13).
Al ingresar al sitio, debe ponerse el motivo por el cual no se vota, luego se adjunta la documentación para acreditarlo (imagen de certificación policial, pasaje, pasaporte sellado, certificado médico, etcétera) e informar un teléfono y una dirección de correo electrónico. Aquellos que no tengan ninguna documentación para respaldar el "no voto" deberán ir a una comisaria a pedir el certificado que acredite que están a más de 500 kilómetros de su lugar de votación.
El sitio web de infractores también sirve para ver si se está en falta en elecciones anteriores e inclusive pagar online las multas.
A las 48 horas del trámite, la Cámara Nacional Electoral enviará a la dirección de correo electrónico proporcionada la constancia de trámite, consignando el cambio de estado en el Registro de Infractores al deber de votar.
Similar es el procedimiento para aquellos argentinos que residen en el exterior. Si necesidad de ir a las embajadas o consulados de cada país, evitando la filas molestas, se puede completar el trámite online. La Cancillería lanzó un instructivo con el paso a paso del trámite en www.argentinosenelmundo.gob.ar.