La Cámara Federal de Tucumán ordenó ayer “la suspensión inmediata” de actividades a la compañía minera Alumbrera en sus emprendimientos en Catamarca hasta tanto se realicen pericias sobre contaminación y la compañía acredite “haber contratado” un seguro que cubra los posibles daños generados en la zona donde se centró la demanda.
En el fallo, firmado por los jueces Marina Cossio, Raúl Bejas y Guillermo Molinari, la cámara hizo lugar a una medida cautelar presentada por Felipa Cruz, una agricultora de la localidad catamarqueña de Andalgalá que adujo complicaciones en sus labores por las acciones de la minera.
Al admitir la cautelar, la cámara resolvió “ordenar la suspensión inmediata de la actividad minera llevada a cabo en los yacimientos mineros denominados ‘Bajo de la Alumbrera’ y ‘Bajo el Durazno’”, al señalar que ambos se encuentran “ubicados en terrenos de propiedad de la parte actora” en Andalgalá.
De acuerdo al fallo, los camaristas dispusieron la suspensión de actividades para que “se realicen los informes periciales in situ solicitados” por la demandante y “hasta que las demandadas acrediten fehacientemente haber cumplido con la contratación de un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del posible daño”.
La definición de la cámara se produjo en el marco de un extenso reclamo, que incluso había llegado a la Corte Suprema, y que surgió cuando restan pocos meses para que finalicen las labores en Bajo La Alumbrera, que desde hace más de 20 años opera en la región pese a las múltiples quejas de organizaciones ambientales y denuncias por posible contaminación.
La unión transitoria de empresas UTE-YMAD Alumbrera extrae oro, cobre y molibdeno en terrenos catamarqueños, y es operada por la transnacional Glencore, en sociedad con Yamana Gold y Goldcorp.
Según la agencia internacional Reuters, Glencore posee el 50% del yacimiento -ubicado en Catamarca, en el noroeste de la Argentina-, mientras que la canadiense Goldcorp tiene un 37,5% y Yamana Gold el 12,5 %.
La mina está preparando su cierre, programado para 2018. Además se consignó que un portavoz de la compañía había señalado que oficialmente Minera Alumbrera no fue notificada de la orden judicial.
Según la resolución de la cámara federal, “la postura adoptada se ajusta a los principios que imperan en el derecho ambiental ya que en asuntos concernientes a la tutela del ambiente, el conflicto entre desarrollo (producción) y el cuidado del medio ambiente, exige que las reglas procesales se interpreten con un carácter amplio, otorgando al Tribunal atribuciones que exceden el rol tradicional del juez espectador”. “Lo sostenido, sin embargo, no significa privar a las demandadas de ejercer apropiadamente su derecho de defensa, atento que podrán participar en la producción de la prueba pericial solicitada por la actora y que motiva la suspensión que aquí se ordena”, completa.