14 Marzo 2017
Los jueces de la Corte Suprema y el ministro público Jiménez (izquierda). ARCHIVO.
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán anunció que no podrá ser aplicada la reforma legal que dividió el Ministerio Público, y libró a los nuevos órganos de los controles que el propio tribunal ejercía respecto del manejo de los recursos humanos y materiales. La decisión consta en una acordada emitida hoy con la firma de los cinco vocales: Antonio Gandur (presidente), René Goane, Antonio Estofán, Claudia Sbdar y Daniel Posse.
La Corte declaró inaplicable la reforma con el argumento de que peligraba el servicio de justicia y de que aún no había sido constituido el Ministerio Público de la Defensa, y autorizó al secretario administrativo, Gustavo Ahmad, a mantener la organización administrativa que existía antes de la sanción de la norma.
Los vocales precisaron que esta acordada no implicaba un pronunciamiento sobre la constitucionalidad de la reforma promovida por el oficialismo, que es debatida en dos juicios iniciados por la oposición. Se trata de los expedientes impulsados por los radicales Silvia Elías de Pérez, José María Canelada y Juan Andrés Robles, y por Oscar López, del Partido Fe.
Por cuerda separada, la Corte se declaró competente en los juicios mencionados aunque no trató el pedido de medida cautelar incoado para, justamente, frenar la aplicación de la ley que dio máximos poderes al ministro público Edmundo Jiménez. Goane y Gandur dijeron que estaban dadas las condiciones para hacerlo, pero Estofán, Posse y Sbdar impusieron el criterio de que había que analizar el asunto en una resolución distinta.
La Corte declaró inaplicable la reforma con el argumento de que peligraba el servicio de justicia y de que aún no había sido constituido el Ministerio Público de la Defensa, y autorizó al secretario administrativo, Gustavo Ahmad, a mantener la organización administrativa que existía antes de la sanción de la norma.
Los vocales precisaron que esta acordada no implicaba un pronunciamiento sobre la constitucionalidad de la reforma promovida por el oficialismo, que es debatida en dos juicios iniciados por la oposición. Se trata de los expedientes impulsados por los radicales Silvia Elías de Pérez, José María Canelada y Juan Andrés Robles, y por Oscar López, del Partido Fe.
Por cuerda separada, la Corte se declaró competente en los juicios mencionados aunque no trató el pedido de medida cautelar incoado para, justamente, frenar la aplicación de la ley que dio máximos poderes al ministro público Edmundo Jiménez. Goane y Gandur dijeron que estaban dadas las condiciones para hacerlo, pero Estofán, Posse y Sbdar impusieron el criterio de que había que analizar el asunto en una resolución distinta.
Lo más popular