Los requisitos que deben cumplir los productores que quieran recibir la compensación del 5%

Los requisitos que deben cumplir los productores que quieran recibir la compensación del 5%

El Gobierno anunció beneficios para agricultores de provincias integrantes del Plan Belgrano.

SOJA. Los productores del NOA recibirán beneficios, ARCHIVO SOJA. Los productores del NOA recibirán beneficios, ARCHIVO
17 Febrero 2017
Con el propósito de generar estímulo a la producción de soja, el Gobierno nacional compensará a todos los productores de las provincias que integran el Plan Belgrano (Salta, Jujuy, Formosa, Santiago del Estero, Tucumán, Corrientes, Misiones, Catamarca, La Rioja y Chaco) con la devolución del 5% en retenciones.

El régimen de estímulos a la producción de soja abarcará las ventas realizadas a través de Liquidaciones Primarias de Granos (LPG), desde el 1 de marzo de 2017 y hasta el 31 de agosto de 2017.

El importe del estímulo a percibir será del 5% por tonelada, del promedio del mes en que se realice la venta y será únicamente para las primeras 2.000 toneladas vendidas.

Según informó Sebastián Robles Terán, vicepresidente de la Sociedad Rural de Tucumán (SRT), aquellos productores que quieran ser beneficiarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:

• Haber vendido granos de soja sembrada durante la campaña 2016/2017 a las provincias que integran el plan Belgrano.

• Estar inscriptos en el Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas o en el padrón de productores de granos.

• Informar ante la AFIP una Clave Bancaria Uniforme (CBU) asignada por la entidad bancaria en la que posean una cuenta corriente o caja de ahorro.

• Comunicar mediante el sistema “Estímulo Agrícola Plan Belgrano”, en carácter de declaración jurada, las LPG ante el Ministerio de Agroindustria.

• Las LPG informadas deberán tener identificados los Certificados Primarios de Granos asociados.

• Haber cumplido con la obligación de informar la superficie sembrada y la producción de soja de la campaña 2016/2017.

• Efectuar la solicitud del beneficio dentro de un plazo no mayor a los 30 días de efectivizada la venta.

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