10 Febrero 2017
La incorporación de la doble instancia en el fuero laboral es un hecho consumado, pero el malestar prosigue. Por diferentes vías, los abogados hicieron llegar su malestar al Poder Ejecutivo y al propio Poder Judicial. Según los letrados, la reforma es inaplicable en el corto plazo y perseverar en la posición contraria incrementará los perjuicios para los litigantes. En el afán de calmar los ánimos, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán citó para hoy a los magistrados del Trabajo y al Colegio de Abogados de la Capital. El miércoles, al filo del vencimiento de la miniferia dispuesta “para evitar nulidades”, la Corte dio vía libre a la implementación del cambio sancionado por el oficialismo durante la penúltima sesión de 2016.
Marcelo Billone y Guillermo Arévalo, presidente y secretario respectivos del Colegio, solicitaron al gobernador Juan Manzur que suspenda el funcionamiento de la reforma del fuero laboral por medio de un decreto de necesidad y urgencia. “Fundamos nuestra petición en el entendimiento de que esta no se podría aplicar lisa y llanamente sin implementar previamente medidas concretas y conducentes”, dijeron. Billone y Arévalo recordaron que antes ya se habían dirigido al gobernador para que se abstuviese de promulgar las leyes que establecen la doble instancia para los fueros del trabajo y en lo contencioso administrativo, y que agravan el proceso de destitución de los magistrados con el instituto de la suspensión automática, sin obtener respuestas -Manzur promulgó todas las normas en diciembre-. La enmienda del fuero en lo contencioso administrativo requiere sí o sí de la puesta en marcha de los juzgados de primera instancia mientras que aún no hubo casos de jueces suspendidos por una acusación de mal desempeño.
Las autoridades del Colegio manifestaron al mandatario que la reforma procesal laboral iba a empezar a funcionar con cuatro de los 12 juzgados previstos para la capital por la nueva ley (los ocho despachos restantes serán habilitados en función del criterio de la Corte, según esta misma declaró en la acordada emitida el miércoles). “Como consecuencia de ello, habrá un abarrotamiento de los juicios en condiciones de ser sentenciados, en desmedro de los derechos de las partes cuyas pretensiones tienen naturaleza alimentaria”, vaticinaron. Billone y Arévalo añadieron que, en definitiva y existiendo “el riesgo cierto” de que el cuadro descripto desemboque en el colapso del fuero laboral, resultaba impostergable aplazar la vigencia de las nuevas disposiciones procesales hasta tanto se arbitren los mecanismos que garanticen el funcionamiento normal de la órbita judicial llamada a dirimir los conflictos entre empleados y empleadores.
Por su cuenta, la Asociación Tucumana de Abogados Laboralistas inició un juicio para diferir la aplicación de la reforma ante el Juzgado de Conciliación y Trámite N°1, a cargo de Carlos Frascarolo. Se trata del segundo proceso promovido contra la enmienda impulsada en forma sorpresiva por el oficialismo: el primero fue articulado por el legislador opositor Fernando Valdez (UCR) y quedó radicado en la Corte. La doble instancia había regido hasta 1991, cuando se adoptó el sistema de la instancia única donde los jueces de Conciliación y Trámite sustanciaban los procesos, y la Cámara del Trabajo dictaba las sentencias: a partir de ayer, los jueces del Trabajo dictan fallos pasibles de revisión ante la Cámara de Apelación del Trabajo (la Corte quedó así como una instancia extraordinaria).
Incongruencias
La entidad de los letrados laboralistas, que preside la profesional Luisa Contino, sostuvo que la reforma sólo puede empezar a funcionar cuando estén funcionando los 12 juzgados de primera instancia de la capital (para Concepción hay cuatro despachos previstos, dos de ellos en funciones), y la Legislatura corrija la contradicción advertida entre la Ley 8.969 (modifica el Código Procesal Laboral) y la Ley Orgánica de Tribunales sobre el número de miembros (dos o tres) que compondrán las salas de la Cámara de Apelación del Trabajo. En la acordada que emitió el miércoles por unanimidad, la Corte interpretó que las salas se integran con dos miembros (tres sólo en caso de empate). La Asociación de Laboralistas agregó que el Poder Legislativo también debía subsanar las incongruencias internas de la propia Ley 8.969 sobre la competencia de los juzgados y tribunales del fuero. “Sin estas medidas, será imposible que esos órganos dicten actos jurisdiccionales válido”, expresó la entidad en una nota de prensa difundida ayer.
“Esta asociación entiende que la inmediata aplicación (de la enmienda es inviable) por la falta de estructura material y edilicia, y de personal con experiencia a los fines, y por el tiempo que requerirá la designación de ochos jueces en el Consejo Asesor de la Magistratura”, dijo la organización que encabeza Contino (la redacción de la demanda corrió por cuenta del equipo que coordinó el abogado Ricardo Rivero). Y precisó que su objetivo era evitar la dilación o paralización de los juicios laborales, y garantizar la administración de justicia. “No nos mueve ningún otro interés: únicamente que no se afecte a la parte débil de la relación laboral, el trabajador, y que se garantice el artículo 14 bis de la Constitución Nacional”, agregó.
Marcelo Billone y Guillermo Arévalo, presidente y secretario respectivos del Colegio, solicitaron al gobernador Juan Manzur que suspenda el funcionamiento de la reforma del fuero laboral por medio de un decreto de necesidad y urgencia. “Fundamos nuestra petición en el entendimiento de que esta no se podría aplicar lisa y llanamente sin implementar previamente medidas concretas y conducentes”, dijeron. Billone y Arévalo recordaron que antes ya se habían dirigido al gobernador para que se abstuviese de promulgar las leyes que establecen la doble instancia para los fueros del trabajo y en lo contencioso administrativo, y que agravan el proceso de destitución de los magistrados con el instituto de la suspensión automática, sin obtener respuestas -Manzur promulgó todas las normas en diciembre-. La enmienda del fuero en lo contencioso administrativo requiere sí o sí de la puesta en marcha de los juzgados de primera instancia mientras que aún no hubo casos de jueces suspendidos por una acusación de mal desempeño.
Las autoridades del Colegio manifestaron al mandatario que la reforma procesal laboral iba a empezar a funcionar con cuatro de los 12 juzgados previstos para la capital por la nueva ley (los ocho despachos restantes serán habilitados en función del criterio de la Corte, según esta misma declaró en la acordada emitida el miércoles). “Como consecuencia de ello, habrá un abarrotamiento de los juicios en condiciones de ser sentenciados, en desmedro de los derechos de las partes cuyas pretensiones tienen naturaleza alimentaria”, vaticinaron. Billone y Arévalo añadieron que, en definitiva y existiendo “el riesgo cierto” de que el cuadro descripto desemboque en el colapso del fuero laboral, resultaba impostergable aplazar la vigencia de las nuevas disposiciones procesales hasta tanto se arbitren los mecanismos que garanticen el funcionamiento normal de la órbita judicial llamada a dirimir los conflictos entre empleados y empleadores.
Por su cuenta, la Asociación Tucumana de Abogados Laboralistas inició un juicio para diferir la aplicación de la reforma ante el Juzgado de Conciliación y Trámite N°1, a cargo de Carlos Frascarolo. Se trata del segundo proceso promovido contra la enmienda impulsada en forma sorpresiva por el oficialismo: el primero fue articulado por el legislador opositor Fernando Valdez (UCR) y quedó radicado en la Corte. La doble instancia había regido hasta 1991, cuando se adoptó el sistema de la instancia única donde los jueces de Conciliación y Trámite sustanciaban los procesos, y la Cámara del Trabajo dictaba las sentencias: a partir de ayer, los jueces del Trabajo dictan fallos pasibles de revisión ante la Cámara de Apelación del Trabajo (la Corte quedó así como una instancia extraordinaria).
Incongruencias
La entidad de los letrados laboralistas, que preside la profesional Luisa Contino, sostuvo que la reforma sólo puede empezar a funcionar cuando estén funcionando los 12 juzgados de primera instancia de la capital (para Concepción hay cuatro despachos previstos, dos de ellos en funciones), y la Legislatura corrija la contradicción advertida entre la Ley 8.969 (modifica el Código Procesal Laboral) y la Ley Orgánica de Tribunales sobre el número de miembros (dos o tres) que compondrán las salas de la Cámara de Apelación del Trabajo. En la acordada que emitió el miércoles por unanimidad, la Corte interpretó que las salas se integran con dos miembros (tres sólo en caso de empate). La Asociación de Laboralistas agregó que el Poder Legislativo también debía subsanar las incongruencias internas de la propia Ley 8.969 sobre la competencia de los juzgados y tribunales del fuero. “Sin estas medidas, será imposible que esos órganos dicten actos jurisdiccionales válido”, expresó la entidad en una nota de prensa difundida ayer.
“Esta asociación entiende que la inmediata aplicación (de la enmienda es inviable) por la falta de estructura material y edilicia, y de personal con experiencia a los fines, y por el tiempo que requerirá la designación de ochos jueces en el Consejo Asesor de la Magistratura”, dijo la organización que encabeza Contino (la redacción de la demanda corrió por cuenta del equipo que coordinó el abogado Ricardo Rivero). Y precisó que su objetivo era evitar la dilación o paralización de los juicios laborales, y garantizar la administración de justicia. “No nos mueve ningún otro interés: únicamente que no se afecte a la parte débil de la relación laboral, el trabajador, y que se garantice el artículo 14 bis de la Constitución Nacional”, agregó.
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