Diez efectos y consecuencias del proyecto opositor de Ganancias

Diez efectos y consecuencias del proyecto opositor de Ganancias

Las respuestas a las inquietudes de la iniciativa que ya tiene media sanción en Diputados.

Diez efectos y consecuencias del proyecto opositor de Ganancias
09 Diciembre 2016
1- ¿El aguinaldo pagará Ganancias?

Está exento este año, siempre que no supere la suma de ocho veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, explicó Agustín Zeppa, de la Comisión de Impuestos de la Federación Económica de Tucumán (FET).

2- ¿Qué pasa con la declaración jurada?

Los asalariados deben presentar este documento una vez al año, en febrero. Hasta enero tienen tiempo de rectificar las cargas familiares. Si la nueva ley de Ganancias no se sanciona antes del 20 de diciembre, podrían complicarse los plazos.

3- ¿Cómo se deduce la carga de un solo hijo?


No hay grandes cambios. Lo primero que se debe considerar es la edad, ya que un hijo se puede incluir en las cargas personales hasta los 18 años. En este caso, el contribuyente casado mencionará dos cargas en su declaración de Ganancias: el cónyuge y el hijo.

4- ¿Varían los montos de las deducciones?

No hay diferencias. En el proyecto de ley, al cual la Cámara de Diputados le dio media sanción, el importe de las cargas familiares, tanto para hijos -hasta los 18 años- como para cónyuges, es el mismo: $ 22.872 anuales.

5- ¿Los padres se pueden deducir como carga?

La iniciativa de los diputados opositores no permite esta posibilidad. En cambio, sí se puede deducir, en concepto de carga personal, a un familiar que se encuentre incluido en el sistema de protección integral de las personas discapacitadas.

6- ¿Se podrá deducir el pago de alquiler?


Sí. Los contribuyentes que rentan viviendas podrán reducir el monto de Ganancias si incluyen ese gasto como otra carga personal. Según la propuesta que debatirá el Senado, el monto para deducir el alquiler sería de hasta $ 66.000 anuales.

7- ¿Se crean nuevos impuestos?

La iniciativa opositora procura que el nuevo esquema no tenga impacto fiscal, porque los $ 11.000 millones que el fisco dejar de recaudar por esta vía, ingresarían por la imposición de Ganancias de las mineras, al juego y a la renta financiera, básicamente a las Lebac.

8- ¿Qué pasará con el sector minero?

La actividad minera, que quedó exenta por el presidente Mauricio Macri este año, del pago de retenciones a las exportaciones, volvería a ser incluída en el gravamen y a tributar el 5%, si se convierte en ley el proyecto aprobado en Diputados.

9- ¿Y en los juegos de azar?

De acuerdo a la iniciativa aprobada, las apuestas online pagarían un 7,5% de impuestos, mientras que las máquinas un 10%. Esta situación a puesto en alerta a los empleados de la actividad que temen a la reducción de personal por esta medida fiscal.

10- ¿Qué sucederá con la renta financiera?

Sería gravada; pasarían a tributar los plazos fijos y las Lebac mayores a $ 1,5 millón, cuando la ganancia supere los $ 300.000 mensuales, al igual que estarían alcanzadas las ganancias de capital e interés para otros activos financieros, excepto las acciones.

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