07 Octubre 2016
FOTO TOMADA DE INFOBAE.COM
LA PLATA.- La Cámara Federal de La Plata declaró hoy la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción al resolver un planteo en una causa que investiga a un ex juez federal, dos abogados y un médico por el otorgamiento de amparos exprés durante la etapa del corralito financiero, informó una fuente judicial.
La resolución, que sienta una jurisprudencia que puede derramar en muchas otras causas, la dictó la Sala II de la Cámara Federal de la Plata que, por mayoría y con los votos de Leopoldo Schiffrin y Olga Calitri declaró la imprescriptibilidad de los delitos contra el orden constitucional previstos en el párrafo quinto del artículo 36 de la Constitución Nacional, informó Télam.
En el fallo, Schiffrin sostuvo que "proclamar el principio de la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción significa lanzar a la sociedad un desafió moral, algo que sirva para sacudir la inercia que la carcome".
Precisó que en el artículo 36 la Constitución declara imprescriptibles a "quienes incurrieren en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento" al hacer una interpretación general de ese artículo que se refiere a los delitos que atentan contra el orden constitucional.
El fallo de la Cámara se conoció también luego de que el 24 de agosto pasado la diputada nacional Elisa Carrió se presentó como Amicus Curiae (amigos del Tribunal) para solicitar esa misma medida.
La resolución, que sienta una jurisprudencia que puede derramar en muchas otras causas, la dictó la Sala II de la Cámara Federal de la Plata que, por mayoría y con los votos de Leopoldo Schiffrin y Olga Calitri declaró la imprescriptibilidad de los delitos contra el orden constitucional previstos en el párrafo quinto del artículo 36 de la Constitución Nacional, informó Télam.
En el fallo, Schiffrin sostuvo que "proclamar el principio de la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción significa lanzar a la sociedad un desafió moral, algo que sirva para sacudir la inercia que la carcome".
Precisó que en el artículo 36 la Constitución declara imprescriptibles a "quienes incurrieren en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento" al hacer una interpretación general de ese artículo que se refiere a los delitos que atentan contra el orden constitucional.
El fallo de la Cámara se conoció también luego de que el 24 de agosto pasado la diputada nacional Elisa Carrió se presentó como Amicus Curiae (amigos del Tribunal) para solicitar esa misma medida.