El coqueo no es considerado consumo de estupefacientes

El coqueo no es considerado consumo de estupefacientes

La polémica se reavivó luego de que cuatro choferes que conducían colectivos de egresados dieran positivo en un tes de droga.

CONTROL. El operativo se realizó en Bahía Blanca. ARCHIVO. CONTROL. El operativo se realizó en Bahía Blanca. ARCHIVO.
01 Octubre 2016
Cuatro choferes que conducían colectivos que trasladaban a estudiantes desde Buenos Aires a Bariloche dieron positivo en un test de droga. El hecho se conoció el viernes tras un control caminero en Bahía Blanca. En ese momento, uno de los conductores afirmó que mascaba coca y que “no era un drogadicto”. Esto reavivó la polémica en torno del consumo personal de la hoja de coca en el país.

Hubo diferentes repercusiones, pero se acentuaron en la prohibición de la coca en las rutas del país. Sin embargo, desde 1989 está vigente en Argentina la Ley 23.737, llamada por algunos la ley de drogas. El artículo 15 de esa norma establece que la tenencia y el deguste de hojas de coca en su estado natural, destinado al coqueo o su empleo como infusión, no serán considerados tenencia o consumo de estupefacientes. Ya entonces, el uso personal de la coca era legal en el territorio nacional.

En el juzgado de faltas de Bahía Blanca, a pesar de ello, se consideró a esta costumbre del norte argentino una contravención, basándose en una norma local de tránsito.

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios