En la víspera del Día del Magistrado, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán tomó una decisión poco común: aplicó un apercibimiento a Washington Navarro Dávila, fiscal N°5 de esta capital. Votaron a favor de la sanción los vocales René Goane, Antonio Estofán y Daniel Posse, quienes actuaron en virtud de una presentación de Antonio Gandur, titular del alto tribunal y de la Junta Electoral Provincial -la quinta integrante de la Corte Suprema, Claudia Sbdar, no intervino en el asunto porque está de viaje en el extranjero-.
La Acordada 1225/16, del miércoles 14 de septiembre, indica que Navarro Dávila se negó a brindar información sobre el estado de la causa penal iniciada en la Fiscalía N°9 a propósito de hechos de violencia acaecidos en la comuna de San Pablo y Villa Nougués durante las elecciones del 23 de agosto de 2015. En su carácter de titular de la Junta, Gandur había solicitado informes sobre los diferentes procesos vinculados a los comicios polémicos que iniciaron las fiscalías N°9 de esta capital; N°1 de Monteros y N°3 de Concepción. El jefe de la Corte explicó a sus pares que había dispuesto el seguimiento de los casos en atención a su trascendencia institucional y a los valores democráticos elevados que estos comprometen.
“Tal requerimiento motivó la pronta y detallada respuesta de los fiscales Mónica García de Targa (Monteros) y Jorge Echayde (Concepción). En cambio, de parte de la Fiscalía N°9 -que se encontraba subrogando el fiscal N°5, Navarro Dávila- se obtuvo como respuesta ‘venga en forma y se proveerá. Devuélvase a origen’”, comparó Gandur.
“Injustificable”
Los vocales Goane, Estofán y Posse dijeron que había quedado acreditada la manifiesta falta de respeto de Navarro Dávila no sólo a la investidura y jerarquía de Gandur como titular de la Junta, función que ejerce como consecuencia de su carácter de presidente del máximo estrado de la provincia, sino a la propia Corte. “Se trata del órgano supremo y cabeza del Poder Judicial y, por ende, responsable máximo del Gobierno y de la función judicial en la provincia”, afirmaron.
Los miembros de la Corte fueron todavía más lejos: “por otro lado, también existe una falta de respeto (de parte de Navarro Dávila) para con la ciudadanía en general ya que, al no proporcionar la información requerida, incurre en transgresión a lo estipulado en el artículo 96 del Código Procesal Penal de Tucumán que garantiza a quienes aparezcan como víctimas o damnificados el derecho ‘a obtener información sobre el estado de la causa, la situación del imputado, la marcha del proceso en general y, en particular, sobre el resultado de la investigación (...) o de cualquier acto que dé por concluido o suspendido el proceso”.
Goane, Estofán y Posse consideraron que la importancia y gravedad institucional de las causas en cuestión, y el estado público que adquirieron tornaban aún más injustificable el comportamiento del fiscal: “por la naturaleza de sus funciones, este está llamado a ser representante de los ciudadanos ante los Tribunales en procura del imperio de la verdad, del derecho y de la justicia”. Los vocales precisaron que, en virtud de los fundamentos desarrollados y por esta vez, apercibían a Navarro Dávila. Como ayer no hubo actividad en los Tribunales locales por el Día del Magistrado, este diario intentó ubicar infructuosamente por teléfono al fiscal sancionado. El funcionario no atendió el llamado ni respondió el mensaje de texto.
Tensión por los celulares
El apercibimiento es, según el Diccionario de la Real Academia Española, la corrección disciplinaria que consiste en anotar una infracción al culpable y que, en caso de que se repita, dará lugar a una sanción más grave. Como por la garantía constitucional de intangibilidad de la remuneración de la judicatura la Corte no aplica la multa prevista en la ley, una nueva actuación disciplinaria contra Navarro Dávila podría desembocar en un pedido de destitución. De todos modos, el fiscal aún puede impugnar en sede administrativa la Acordada 1.224/16 y hasta judicializarla.
En marzo, la Corte en pleno cuestionó a Navarro Dávila debido a que este había solicitado los números de celular de los cinco vocales a Oscar Talevi, funcionario judicial a cargo de la central telefónica. En esa ocasión, Gandur denegó la información con el argumento de que el fiscal carecía de competencia para obtenerla y que debía requerir la autorización a un juez. Navarro Dávila deslizó entonces que el alto tribunal condicionaba la investigación de los comentarios incriminantes del ex fiscal Guillermo Herrera. La controversia cesó a los pocos días, cuando Herrera, quien se jubiló con el beneficio del 82% móvil cercado por los cuestionamientos, declaró en sede judicial que nunca había tenido la intención de denunciar a los vocales de la Corte.
Urnas quemadas y desmanes en San Pablo
El 23 de agosto de 2015 la violencia estalló en las comunas de San Pablo y Villa Nougués, San Ignacio, Sargento Moya y Los Ralos. Los desmanes incluyeron urnas quemadas, agresiones y vandalismo. Las escuelas quedaron destrozadas. Hubo, incluso, gendarmes heridos. Ese escenario dantesco, junto a otras irregularidades y críticas al sistema electoral, dio pie al Acuerdo para el Bicentenario (ApB) para exigir a la Justicia la nulidad de las elecciones provinciales.
El juicio impulsado por los opositores José Cano y Domingo Amaya -hoy funcionarios nacionales- se desenvolvió velozmente: en días, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán confirmó los comicios denostados y levantó la medida cautelar que impedía a las autoridades elegidas jurar en sus cargos.
No avanzaron con la misma rapidez los procesos penales iniciados para esclarecer los actos de violencia acaecidos en Sargento Moya, San Ignacio, Los Ralos y San Pablo. Respecto de esta última localidad, la Junta Electoral Provincial precisó en octubre de 2015 que no había imputados. “En virtud de ello, no se pudo determinar si hubo algún candidato a comisionado comunal implicado en esos sucesos, como sí sucedió en las restantes comunas”, observaron el presidente Antonio Gandur y la vocal Rosa Paz.
Las autoridades de la Junta habían manifestado que la magnitud de los hechos acontecidos en aquella localidad justificaba la adopción de medidas contundentes, dentro del ámbito de su competencia, a los fines del esclarecimiento de los sucesos mencionados. En el afán de colaborar con la Justicia penal, Gandur y Paz resolvieron citar a las autoridades de mesa para que prestaran declaración informativa sobre los hechos de violencia sucedidos en San Pablo y Villa Nougués.
La convocatoria coincidió con la formalización de la renuncia con fines jubilatorios de María de las Mercedes Carrizo, ex titular de la Fiscalía N°9. Como consecuencia de ello, el despacho que debía investigar los desmanes pasó a depender de fiscales subrogantes. En el presente, ni la cúpula del Poder Judicial ni la Junta saben en qué estado está el proceso de San Pablo (ver “La Corte apercibe al fiscal Navarro Dávila”).