02 Septiembre 2016
Fracasa la avanzada oficial contra el juez Novillo
Los camaristas Giovanniello, Castellanos y Gandur (h) rechazaron la recusación con causa deducida por el Gobierno y la Legislatura. Novillo seguirá interviniendo en el juicio que inició el legislador Aráoz (UCR) para acceder a información detallada sobre el destino de los gastos sociales de 2015.
Fracasó la pretensión del oficialismo de separar al camarista Rodolfo Novillo del juicio que inició el legislador Eudoro Aráoz (UCR) para acceder a información sobre el uso dado a los $ 615,6 millones que la Legislatura gastó en concepto de erogaciones sociales durante 2015. El 31 de agosto, los magistrados Carlos Giovanniello, Horacio Castellanos (con su voto) y Sergio Gandur rechazaron la recusación con causa que habían articulado los poderes Ejecutivo y Legislativo. En consecuencia, Novillo, vocal de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo (tribunal que también integra Giovanniello), seguirá interviniendo en el proceso que empezó en marzo, luego de que este diario difundiese fotografías de las valijas empleadas para trasladar los fondos de los supuestos gastos sociales desde el banco hasta la sede legislativa.
Los jueces que analizaron la recusación se dividieron en dos posturas, ambas contrarias a la admisión del planteo. Giovanniello sostuvo que los argumentos del oficialismo no podían ser acogidos en este caso mientras que Castellanos invocó una cuestión formal (que el proceso de amparo no autoriza recusaciones) para dar la espalda a la pretensión. Gandur, que es hijo de Antonio Gandur, presidente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, destrabó el empate suscribiendo la posición del juez Giovanniello.
La recusación planteada el 11 de agosto por Rodolfo Augusto Baza, abogado de la Fiscalía de Estado, se fundó en el hecho de que Novillo se había excusado en otros juicios de los radicales José Cano y Silvia Elías de Pérez porque su hija, la letrada Alejandrina Novillo, los asesoraba (Juan Francisco Gómez y Manuel Ángel Vigliano, abogados de la Legislatura, luego adhirieron al planteo). Según Baza, correspondía apartar al magistrado del pleito de Aráoz porque este había llegado a su banca en 2015 por medio del acople que lideraba Elías de Pérez (renunció a ser legisladora para seguir desempeñándose como senadora nacional). El letrado esgrimió que la excusación de Novillo respecto de Cano y de la parlamentaria mencionada debía extenderse a Aráoz, y alegó que el magistrado recusado había incurrido en un acto de parcialidad manifiesta al admitir como codemandantes a los ciudadanos Clímaco de la Peña, Carlos Duguech y Raúl Moreno.
Novillo rechazó los ataques. “Cumplo en informar que no es cierta ni fundada la sospecha o temor de parcialidad en perjuicio de la Provincia”, dijo el 16 de agosto. En ese informe precisó que el abogado recusante había distorsionado el recto y escrupuloso sentido individual de las excusaciones acaecidas en los procesos anteriores de Cano y de Elías de Pérez. Y recordó que ya se había intentando una “desinterpretación” semejante para apartarlo del caso del oficialista Sergio Mansilla, y que esta no había prosperado por decisión de Giovanniello y de Castellanos (en esa causa aún abierta, Novillo y Ebe López Piossek declararon la inconstitucionalidad de la re-reelección de Mansilla).
Se suman los reveses
Giovanniello y Gandur (h) manifestaron que la Provincia pretendía aplicar el mismo criterio a situaciones disímiles, lo que conduciría a una solución inadecuada. “No parece que los extremos invocados por Novillo en ocasión de los juicios de Cano y de Elías de Pérez para justificar su excusación se reiteren en este caso. En efecto, en aquellas causas la hija del vocal se encontraba vinculada directamente con los actores, lo que no acontece en el supuesto en cuestión. Adviértase que la resolución RSA-0432/16 del 21/03/2016 dictada por el Senado de la Nación indica que Alejandrina Novillo fue designada en planta temporaria con destino al despacho de Elías de Pérez a partir del 01/11/2015”, afirmaron. Y añadieron que la excusación que se presentaba nítida en otras circunstancias, se desdibujaba en los hechos que se presentaban en esta ocasión: “ello impide inferir la parcialidad del magistrado o el temor a que hace alusión el planteo de recusación. En otras palabras, las excusaciones que formuló Novillo se ciñeron a las particularidades que en cada caso consignó y no deben proyectarse del modo pretendido”.
Este revés para el Estado se suma a las decisiones adversas que recibió en la Corte, también en relación con el juicio de Aráoz. A mediados del mes pasado, el fiscal de Estado, Daniel Leiva, pidió al presidente Antonio Gandur que quite el expediente a Novillo para tomar conocimiento de la grave situación institucional planteada en dicho proceso. En paralelo, otro abogado de la Provincia, Leonardo Francisco Debono articuló un recurso de atentado para paralizar el trámite del litigio. Gandur rechazó ambas presentaciones el 16 de agosto (el Estado insistió con su recurso de atentado mediante un recurso de reconsideración -ver texto destacado-). Cinco días después, el vicegobernador Osvaldo Jaldo anunció el fin de los gastos sociales para personas físicas. No obstante ello, prosiguen las causas penales y en lo contencioso administrativo abiertas para desentrañar el destino de los $ 615,6 millones usados discrecionalmente el año pasado, antes y después de las elecciones.
contencioso administrativo.-El manejo de gastos sociales legislativos dio lugar a la apertura de cuatro expedientes en la Cámara en lo Contencioso Administrativo: uno iniciado por el peronista disidente Oscar López; otro por el legislador Eudoro Aráoz (UCR); otro por el legislador macrista Luis Brodersen y otro por el grupo de dirigentes radicales que encabeza Raúl Moreno.
EN EL FUERO PENAL.-Hay al menos tres denuncias penales en trámite por los “gastos sociales”. La primera, iniciada de oficio por el fiscal federal general Gustavo Gómez, apuntaba a un posible lavado de activos, pero fue enviada a la Justicia provincial por resolución del juez Daniel Bejas en sintonía con el dictamen del fiscal Pablo Camuña. Oscar López radicó denuncias en la Fiscalía de Instrucción N°5, a cargo de Washington Navarro Dávila, y en la Fiscalía Federal N°1, que dirige Carlos Brito.
Los jueces que analizaron la recusación se dividieron en dos posturas, ambas contrarias a la admisión del planteo. Giovanniello sostuvo que los argumentos del oficialismo no podían ser acogidos en este caso mientras que Castellanos invocó una cuestión formal (que el proceso de amparo no autoriza recusaciones) para dar la espalda a la pretensión. Gandur, que es hijo de Antonio Gandur, presidente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, destrabó el empate suscribiendo la posición del juez Giovanniello.
La recusación planteada el 11 de agosto por Rodolfo Augusto Baza, abogado de la Fiscalía de Estado, se fundó en el hecho de que Novillo se había excusado en otros juicios de los radicales José Cano y Silvia Elías de Pérez porque su hija, la letrada Alejandrina Novillo, los asesoraba (Juan Francisco Gómez y Manuel Ángel Vigliano, abogados de la Legislatura, luego adhirieron al planteo). Según Baza, correspondía apartar al magistrado del pleito de Aráoz porque este había llegado a su banca en 2015 por medio del acople que lideraba Elías de Pérez (renunció a ser legisladora para seguir desempeñándose como senadora nacional). El letrado esgrimió que la excusación de Novillo respecto de Cano y de la parlamentaria mencionada debía extenderse a Aráoz, y alegó que el magistrado recusado había incurrido en un acto de parcialidad manifiesta al admitir como codemandantes a los ciudadanos Clímaco de la Peña, Carlos Duguech y Raúl Moreno.
Novillo rechazó los ataques. “Cumplo en informar que no es cierta ni fundada la sospecha o temor de parcialidad en perjuicio de la Provincia”, dijo el 16 de agosto. En ese informe precisó que el abogado recusante había distorsionado el recto y escrupuloso sentido individual de las excusaciones acaecidas en los procesos anteriores de Cano y de Elías de Pérez. Y recordó que ya se había intentando una “desinterpretación” semejante para apartarlo del caso del oficialista Sergio Mansilla, y que esta no había prosperado por decisión de Giovanniello y de Castellanos (en esa causa aún abierta, Novillo y Ebe López Piossek declararon la inconstitucionalidad de la re-reelección de Mansilla).
Se suman los reveses
Giovanniello y Gandur (h) manifestaron que la Provincia pretendía aplicar el mismo criterio a situaciones disímiles, lo que conduciría a una solución inadecuada. “No parece que los extremos invocados por Novillo en ocasión de los juicios de Cano y de Elías de Pérez para justificar su excusación se reiteren en este caso. En efecto, en aquellas causas la hija del vocal se encontraba vinculada directamente con los actores, lo que no acontece en el supuesto en cuestión. Adviértase que la resolución RSA-0432/16 del 21/03/2016 dictada por el Senado de la Nación indica que Alejandrina Novillo fue designada en planta temporaria con destino al despacho de Elías de Pérez a partir del 01/11/2015”, afirmaron. Y añadieron que la excusación que se presentaba nítida en otras circunstancias, se desdibujaba en los hechos que se presentaban en esta ocasión: “ello impide inferir la parcialidad del magistrado o el temor a que hace alusión el planteo de recusación. En otras palabras, las excusaciones que formuló Novillo se ciñeron a las particularidades que en cada caso consignó y no deben proyectarse del modo pretendido”.
Este revés para el Estado se suma a las decisiones adversas que recibió en la Corte, también en relación con el juicio de Aráoz. A mediados del mes pasado, el fiscal de Estado, Daniel Leiva, pidió al presidente Antonio Gandur que quite el expediente a Novillo para tomar conocimiento de la grave situación institucional planteada en dicho proceso. En paralelo, otro abogado de la Provincia, Leonardo Francisco Debono articuló un recurso de atentado para paralizar el trámite del litigio. Gandur rechazó ambas presentaciones el 16 de agosto (el Estado insistió con su recurso de atentado mediante un recurso de reconsideración -ver texto destacado-). Cinco días después, el vicegobernador Osvaldo Jaldo anunció el fin de los gastos sociales para personas físicas. No obstante ello, prosiguen las causas penales y en lo contencioso administrativo abiertas para desentrañar el destino de los $ 615,6 millones usados discrecionalmente el año pasado, antes y después de las elecciones.
contencioso administrativo.-El manejo de gastos sociales legislativos dio lugar a la apertura de cuatro expedientes en la Cámara en lo Contencioso Administrativo: uno iniciado por el peronista disidente Oscar López; otro por el legislador Eudoro Aráoz (UCR); otro por el legislador macrista Luis Brodersen y otro por el grupo de dirigentes radicales que encabeza Raúl Moreno.
EN EL FUERO PENAL.-Hay al menos tres denuncias penales en trámite por los “gastos sociales”. La primera, iniciada de oficio por el fiscal federal general Gustavo Gómez, apuntaba a un posible lavado de activos, pero fue enviada a la Justicia provincial por resolución del juez Daniel Bejas en sintonía con el dictamen del fiscal Pablo Camuña. Oscar López radicó denuncias en la Fiscalía de Instrucción N°5, a cargo de Washington Navarro Dávila, y en la Fiscalía Federal N°1, que dirige Carlos Brito.
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