06 Agosto 2016
IMPUTADO. Brito, ex titular de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo. la gaceta / foto de analía jaramillo
A este paso, Miguel Ángel Brito, titular de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo (DAU) durante el Gobierno de José Alperovich, no será sometido a juicio oral en 2016. Ocurre que, aunque la decisión de enjuiciamiento fue confirmada el 4 de marzo pasado, la Justicia aún no terminó de cerrar el capítulo previo a la remisión del caso a una sala de la Cámara Penal. Y el proceso lleva ya cinco meses detenido como consecuencia de la recusación que la defensa de Brito formuló contra los tres miembros de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción: Eudoro Albo, Liliana Vitar y Enrique Pedicone.
La definición del planteo depende del tribunal ad hoc formado por los camaristas Eduardo Romero Lascano, Carlos Caramuti y Juana Juárez. Recién cuando ese estrado decida si corresponde o no apartar a los vocales recusados, la Cámara de Apelaciones quedará en condiciones de expedirse sobre el recurso de casación que articuló Brito contra la sentencia que confirmó la elevación de su causa a juicio. Arnaldo Ahumada, defensor del ex funcionario alperovichista, pretende que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán anule lo resuelto por Pedicone, Vitar y Albo.
“La Corte debe establecer que no puede elevarse a juicio una investigación incompleta, en la que no se han cumplido con las diligencias rituales puestas en la cabeza del Ministerio Público (el fiscal instructor en este proceso fue Arnoldo Suasnábar). Es obligación de los señores fiscales investigar todos los hechos, y circunstancias pertinentes y útiles que haya referido el imputado (Brito) en su declaración”, advirtió Ahumada en el escrito que presentó en abril. El defensor recusó a los vocales de la Cámara de Apelaciones por “temor de parcialidad” luego de que trascendiesen diferencias internas relativas al manejo de los tiempos del expediente que a la postre llevaron a la Corte a sancionar a dos secretarios (se informa por separado).
El trámite de la recusación -que eventualmente podría obligar a conformar otra Cámara de Apelaciones- se complicó por “un error involuntario” en la sala de Romero Lascano. El 1 de agosto, la secretaria María Graciela Blanquez informó que se había tratado el asunto como si ya estuviese listo para el debate oral. La funcionaria agregó que hasta esa fecha, Alejandro Noguera, fiscal ante la Cámara de Apelaciones, no había dictaminado sobre la procedencia de la recusación deducida por la defensa de Brito.
El imputado militó en las filas del bussismo, y estuvo a cargo de la DAU entre 2008 y agosto de 2012. Renunció luego de que LA GACETA publicara un acuerdo del Tribunal de Cuentas (TC) que advertía sobre presuntos sobreprecios en un proyecto de obra para restaurar la fachada de la Casa de Gobierno. Tras esto, los entonces legisladores radicales Silvia Elías de Pérez (hoy senadora nacional) y Ariel García (hoy vicepresidente 2° de la Cámara) formularon una denuncia penal que señala presuntas anomalías en la ejecución de obras públicas. Tras compulsar supuestas irregularidades detectadas por el TC en 86 obras, el fiscal Suasnábar solicitó el juzgamiento de Brito por los posibles delitos de fraude a la Administración Pública y negocios incompatibles, requerimiento que avaló la ex jueza Mirta Lenis de Vera. En febrero de 2015, el fiscal Noguera dictaminó en contra del juzgamiento del ex funcionario. Según su opinión no vinculante, correspondía que la causa vuelva al fiscal Suasnábar para que este investigue a los presuntos cómplices de Brito.
La definición del planteo depende del tribunal ad hoc formado por los camaristas Eduardo Romero Lascano, Carlos Caramuti y Juana Juárez. Recién cuando ese estrado decida si corresponde o no apartar a los vocales recusados, la Cámara de Apelaciones quedará en condiciones de expedirse sobre el recurso de casación que articuló Brito contra la sentencia que confirmó la elevación de su causa a juicio. Arnaldo Ahumada, defensor del ex funcionario alperovichista, pretende que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán anule lo resuelto por Pedicone, Vitar y Albo.
“La Corte debe establecer que no puede elevarse a juicio una investigación incompleta, en la que no se han cumplido con las diligencias rituales puestas en la cabeza del Ministerio Público (el fiscal instructor en este proceso fue Arnoldo Suasnábar). Es obligación de los señores fiscales investigar todos los hechos, y circunstancias pertinentes y útiles que haya referido el imputado (Brito) en su declaración”, advirtió Ahumada en el escrito que presentó en abril. El defensor recusó a los vocales de la Cámara de Apelaciones por “temor de parcialidad” luego de que trascendiesen diferencias internas relativas al manejo de los tiempos del expediente que a la postre llevaron a la Corte a sancionar a dos secretarios (se informa por separado).
El trámite de la recusación -que eventualmente podría obligar a conformar otra Cámara de Apelaciones- se complicó por “un error involuntario” en la sala de Romero Lascano. El 1 de agosto, la secretaria María Graciela Blanquez informó que se había tratado el asunto como si ya estuviese listo para el debate oral. La funcionaria agregó que hasta esa fecha, Alejandro Noguera, fiscal ante la Cámara de Apelaciones, no había dictaminado sobre la procedencia de la recusación deducida por la defensa de Brito.
El imputado militó en las filas del bussismo, y estuvo a cargo de la DAU entre 2008 y agosto de 2012. Renunció luego de que LA GACETA publicara un acuerdo del Tribunal de Cuentas (TC) que advertía sobre presuntos sobreprecios en un proyecto de obra para restaurar la fachada de la Casa de Gobierno. Tras esto, los entonces legisladores radicales Silvia Elías de Pérez (hoy senadora nacional) y Ariel García (hoy vicepresidente 2° de la Cámara) formularon una denuncia penal que señala presuntas anomalías en la ejecución de obras públicas. Tras compulsar supuestas irregularidades detectadas por el TC en 86 obras, el fiscal Suasnábar solicitó el juzgamiento de Brito por los posibles delitos de fraude a la Administración Pública y negocios incompatibles, requerimiento que avaló la ex jueza Mirta Lenis de Vera. En febrero de 2015, el fiscal Noguera dictaminó en contra del juzgamiento del ex funcionario. Según su opinión no vinculante, correspondía que la causa vuelva al fiscal Suasnábar para que este investigue a los presuntos cómplices de Brito.