¿El fin de las colas eternas? Tres puntos clave de la ley que prohíbe las esperas

¿El fin de las colas eternas? Tres puntos clave de la ley que prohíbe las esperas

La norma fue publicada en el Boletín Oficial. "Pedimos con urgencia que se reglamente para que los consumidores comprendan este nuevo derecho", dijo su impulsor, el legislador Fernando Valdez.

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01 Agosto 2016
Luego de una larga espera, el proyecto impulsado por el legislador Fernando Valdéz, que regula el tiempo de espera para atención al público, finalmente fue publicada en el Boletín Oficial. 
En su edición del viernes pasado, el texto fue incorporado al marco normativo tucumano como Ley N° 8895 “Tiempo de Espera para la atención al público".
"Es una muy buena noticia para la Democracia en Tucumán. Con esta ley, les estamos dando a los ciudadanos una herramienta para empoderarse. Ahora, los tucumanos podremos cada vez que suframos demoras injustificadas en oficinas públicas, comercios, bancos o servicios, denunciar trato indigno ante la autoridad de aplicación de la ley que deberá abrir un sumario y podrá aplicar sanciones que van desde apercibimiento a multas para los responsables", escribió el legislador radical en su página oficial de Facebook.
"Ahora pedimos que con urgencia se reglamente la ley y se realice una campaña para que los consumidores comprendan este nuevo derecho con que cuentan, y sepan cómo deben actuar ante una situación de trato indigno", explicó Valdéz.
El texto de la Ley define, en su artículo primero, como “Trato indigno al consumidor o al usuario”, las siguientes situaciones:
a)Toda práctica de atención al público que implique permanecer en filas con espera mayores a 30 minutos.
b)Toda práctica de atención al público que implique permanecer en filas a la intemperie en el exterior de instituciones y/o locales comerciales.
c)Toda práctica de atención al público que obligue a esperas en instituciones y locales comerciales mayores a 90 minutos, incluso aunque se provea de suficientes asientos, existan instalaciones sanitarias y el orden de atención sea según ticket numerado.
Demora
En abril del año pasado, la Legislatura había aprobado el proyecto impulsado por el legislador Valdéz, pero hasta el viernes no había sido publicada en el Boletín Oficial, por lo que su autor decidió recurrir a la Justicia. 
“Es un proceso lamentable que un legislador le tenga que pedir a un juez que le exija al gobernador que cuimpla con la ley; eso habla de la calidad de la democracia en Tucumán”, dijo tiempo atrás Valdéz. 

Luego de presentar un amparo ante la Cámara en lo Contencioso y Administrativo por la excesiva demora del Gobierno, el proyecto "Trato digno al consumidor", impulsado por el legislador Fernando Valdez, que regula el tiempo de espera para la atención al público, finalmente fue publicado en el Boletín Oficial. 

En su edición del viernes, el texto fue incorporado al marco normativo tucumano como Ley N° 8895 “Tiempo de Espera para la atención al público".

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"Es una muy buena noticia para la Democracia en Tucumán. Con esta ley les estamos dando a los ciudadanos una herramienta para empoderarse. Ahora los tucumanos podremos cada vez que suframos demoras injustificadas en oficinas públicas, comercios, bancos o servicios, denunciar trato indigno ante la autoridad de aplicación de la ley que deberá abrir un sumario y podrá aplicar sanciones que van desde apercibimiento a multas para los responsables", escribió el legislador radical en su página oficial de Facebook.

"Ahora pedimos que con urgencia que se reglamente la ley y se realice una campaña para que los consumidores comprendan este nuevo derecho con que cuentan y sepan cómo deben actuar ante una situación de trato indigno", explicó Valdéz.

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El texto de la ley define, en su artículo primero, como “Trato indigno al consumidor o al usuario”, las siguientes situaciones:

a) Toda práctica de atención al público que implique permanecer en filas con espera mayores a 30 minutos.

b) Toda práctica de atención al público que implique permanecer en filas a la intemperie en el exterior de instituciones y/o locales comerciales.

c) Toda práctica de atención al público que obligue a esperas en instituciones y locales comerciales mayores a 90 minutos, incluso aunque se provea de suficientes asientos, existan instalaciones sanitarias y el orden de atención sea según ticket numerado.

Demora

En abril del año pasado, la Legislatura había aprobado el proyecto impulsado por el legislador Valdéz, pero hasta el viernes no había sido publicada en el Boletín Oficial, por lo que su autor decidió tiempo atrás recurrir a la Justicia. 

“Es un proceso lamentable que un legislador le tenga que pedir a un juez que le exija al gobernador que cumpla con la ley; eso habla de la calidad de la democracia en Tucumán”, dijo a LA GACETA hace unos días Valdez. 

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