Tres claves para entender las nuevas normas para pymes y autónomos

Tres claves para entender las nuevas normas para pymes y autónomos

La AFIP oactualizó los mínimos para percibir IVA y Ganancias, según se publicó en el Boletín Oficial.

Tres claves para entender las nuevas normas para pymes y autónomos
17 Mayo 2016
BUENOS AIRES.- La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó hoy en el Boletín Oficial una resolución actualizando los mínimos para aplicar retenciones de IVA y Ganancias para todos los contribuyentes, aunque lo hace en el marco de promoción de las pymes que son las principales afectadas. También creará un certificado automático de exclusión del régimen retentivo para micropymes que se podrá obtener luego de dos meses de saldo a favor.

A través de la resolución 3878, el Gobierno busca ampliar el capital de trabajo de las pequeñas y medianas empresas, minimizando saldos a favor con menores retenciones y percepciones, y un certificado de exclusión automático para las micropymes, y también ampliando en forma opcional el pago de IVA que irá a un esquema trimestral, explicaron en la AFIP, según publicó el diario "El Cronista".

Tres claves

1. Menos retenciones de Ganancias e IVA: la idea principal es minimizar los saldos a favor que tengan las Pymes, ya que los montos mínimos sujetos a retenciones de estos impuestos no se actualizan desde 2000 y 2003, respectivamente. En el régimen General de Ganancias, se eleva el monto mínimo un 400% en promedio, mientras que en el régimen General de retención de IVA se aumenta el mínimo sujeto a retención un 135 por ciento.

2. Menos retenciones de Ganancias e IVA, para minimizar los saldos a favor que tengan las pymes, ya que los montos mínimos sujetos a retenciones de estos impuestos no se actualizan desde 2000 y 2003, respectivamente. En el régimen General de Ganancias, se eleva el monto mínimo un 400% en promedio, mientras que en el régimen General de retención de IVA se aumenta el mínimo sujeto a retención un 135%. Estos umbrales se elevan para todos, incluso para personas físicas. En Ganancias, el monto no sujeto a retención pasaría de $1.200 a $5.000, mientras que en el IVA de 10.000 a 23.500 pesos.

3. Certificado de exclusión automático: si las retenciones y percepciones de una pyme son mayores al saldo técnico (IVA cobrado en las ventas menos IVA pagado en las compras), se generan en la compañía saldos de libre disponibilidad. Ahora, este certificado será automático si la pyme posee dos meses consecutivos de saldo a favor de libre disponibilidad. A su vez, se reduce a la mitad la proporción de saldos a favor de libre disponibilidad sobre el promedio del IVA determinado en los últimos 12 meses (antes era de 20%, ahora es de 10%).

- Pago del IVA trimestral: esta medida podría beneficiar a más de 900.000 pymes en todo el país. El IVA facturado en junio, julio y agosto se abonará en septiembre, y así sucesivamente durante un año. Si bien el pago es trimestral, la declaración jurada se sigue presentando cada mes. Si una empresa tiene un saldo de IVA a pagar de $26.000 en enero, de $22.000 en febrero y de $21.000 en marzo, no tendrá saldo a pagar en esos meses, pero sí deberá abonar $69.000 en abril.

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