24 Abril 2016
EN LA MIRA. Jiménez es el titular del Ministerio Público y Fiscal. la gaceta / foto de antonio ferroni
La fiscala Adriana Reinoso Cuello sugirió el rechazo de una denuncia que involucra a su superior, el ministro fiscal Edmundo Jiménez, por presunta asociación ilícita. “No existe acusación directa en contra del ministro Público Fiscal, más que la referencia a su condición de ministro de Justicia y de su amistad con el doctor Guillermo Herrera”, concluyó en un dictamen dirigido a la jueza de la V Nominación, Mirta Lenis de Vera.
Reinoso Cuello, que en este trámite subrogó la Fiscalía de la IX° Nominación, aconsejó a la magistrada que desestime el requerimiento de investigación jurisdiccional (mecanismo que debe seguirse para todos los funcionarios públicos con privilegios constitucionales) en contra del jefe de los fiscales penales. El planteo había sido presentado por los abogados Juan Roberto y Juan Andrés Robles. Estos habían denunciado la existencia de una asociación ilícita en el Poder Judicial de Tucumán.
En el escrito, los defensores de Roxana Teves y de sus familiares, y también militantes de la Unión Cívica Radical, atribuyeron a esta supuesta banda la comisión de diversos delitos dirigidos a tomar control del patrimonio de más de $ 20 millones que había pertenecido a Augusto Severini, quien falleció en septiembre de 2009. Los Robles (son padre e hijo) involucraron en la presunta maniobra al ministro público; a dos de sus hijos, los abogados Edmundo Javier y Ana Lucía Jiménez; al ex fiscal Guillermo Herrera; a la heredera Carolina Severini, “y a quienes resultaren sus partícipes, cómplices, encubridores e instigadores”.
“De la exhaustiva lectura de la presentación formulada, surge a las claras que los términos relatados no escapan a un descargo de la señora Teves que, sin hesitación, podrían traspolarse a su defensa material dentro del proceso que la tiene como encausada. Explica la denunciante, de su perspectiva, el porqué del nacimiento de la causa ‘Teves-Albarracín’, y las consecuencias que dice haber asumido para lograr su libertad y la de sus familiares, también imputados y prevenidos en la causa originaria”, afirma la fiscala Reinoso Cuello en el dictamen dirigido a la jueza.
La causa “Teves-Albarracín” fue iniciada a fines de 2009 a partir de una presentación de Carolina Severini, quien se apersonó en la ex Fiscalía de Herrera con la asistencia de los hijos del jefe de los fiscales y de los defensores oficiales. Los Robles expresaron que la única heredera del empresario -que había sido pareja y socio de hecho de Teves hasta que falleció-, los Jiménez y Herrera, amigo público de aquellos, usaron la Justicia penal “como una rápida y eficaz agencia de cobranzas”. “Hubo un concierto de voluntades para despojar de los bienes a Teves. Las pruebas nos permiten presumir fundadamente que Edmundo Jiménez, entonces ministro de Gobierno y Justicia de la gestión de José Alperovich, disponía de un gran poder político y podía ser el armador de esta maniobra ilícita”, afirmaron.
Sin embargo, la fiscala no dio asidero a los argumentos de los abogados Robles. “Debe procederse al rechazo de la pretensión esgrimida, sobre todo considerando que la accionante reviste la calidad de imputada en la causa primigenia de la que, en definitiva, se deriva la presente”, advierte. “El argumento que fundamenta y estructura la querella intentada, no es otro que el decantar de la causa en la que la ahora pretensa querellante es imputada. Es decir, instando una nueva causa penal busca explicar en porqué resultó encausada en la causa primera”, señala, en alusión a Roxana Teves.
“Es dable resaltar, una vez más, que todo lo atinente a las condiciones fácticas y procesales que determinaron las medidas de coerción personal en contra de la pretensa querellante (Teves) y sus familiares, fueron materia de trámites recursivos y procesales ya tramitados y precluidos, y que originaron asimismo las respectivas auditorías, sumarios administrativos y causas penales, en contra de los mismos sujetos aquí denunciados y por los mismos hechos. Es decir, no sólo la señora Teves reviste la calidad de imputada en la causa que fundamenta esta denuncia por lo que pretende querellar, sino que además ya hay causas penales que investigan a los mismos accionados y por iguales sucesos. La duplicidad generada con estos actuados, y la litispendencia por conexidad respecto del resultado definitivo de la causa “Teves-Albarracín”, se articulan como fundamentos suficientes para tenerse por rechazada la pretensión esgrimida”, concluye la fiscala.
Reinoso Cuello, que en este trámite subrogó la Fiscalía de la IX° Nominación, aconsejó a la magistrada que desestime el requerimiento de investigación jurisdiccional (mecanismo que debe seguirse para todos los funcionarios públicos con privilegios constitucionales) en contra del jefe de los fiscales penales. El planteo había sido presentado por los abogados Juan Roberto y Juan Andrés Robles. Estos habían denunciado la existencia de una asociación ilícita en el Poder Judicial de Tucumán.
En el escrito, los defensores de Roxana Teves y de sus familiares, y también militantes de la Unión Cívica Radical, atribuyeron a esta supuesta banda la comisión de diversos delitos dirigidos a tomar control del patrimonio de más de $ 20 millones que había pertenecido a Augusto Severini, quien falleció en septiembre de 2009. Los Robles (son padre e hijo) involucraron en la presunta maniobra al ministro público; a dos de sus hijos, los abogados Edmundo Javier y Ana Lucía Jiménez; al ex fiscal Guillermo Herrera; a la heredera Carolina Severini, “y a quienes resultaren sus partícipes, cómplices, encubridores e instigadores”.
“De la exhaustiva lectura de la presentación formulada, surge a las claras que los términos relatados no escapan a un descargo de la señora Teves que, sin hesitación, podrían traspolarse a su defensa material dentro del proceso que la tiene como encausada. Explica la denunciante, de su perspectiva, el porqué del nacimiento de la causa ‘Teves-Albarracín’, y las consecuencias que dice haber asumido para lograr su libertad y la de sus familiares, también imputados y prevenidos en la causa originaria”, afirma la fiscala Reinoso Cuello en el dictamen dirigido a la jueza.
La causa “Teves-Albarracín” fue iniciada a fines de 2009 a partir de una presentación de Carolina Severini, quien se apersonó en la ex Fiscalía de Herrera con la asistencia de los hijos del jefe de los fiscales y de los defensores oficiales. Los Robles expresaron que la única heredera del empresario -que había sido pareja y socio de hecho de Teves hasta que falleció-, los Jiménez y Herrera, amigo público de aquellos, usaron la Justicia penal “como una rápida y eficaz agencia de cobranzas”. “Hubo un concierto de voluntades para despojar de los bienes a Teves. Las pruebas nos permiten presumir fundadamente que Edmundo Jiménez, entonces ministro de Gobierno y Justicia de la gestión de José Alperovich, disponía de un gran poder político y podía ser el armador de esta maniobra ilícita”, afirmaron.
Sin embargo, la fiscala no dio asidero a los argumentos de los abogados Robles. “Debe procederse al rechazo de la pretensión esgrimida, sobre todo considerando que la accionante reviste la calidad de imputada en la causa primigenia de la que, en definitiva, se deriva la presente”, advierte. “El argumento que fundamenta y estructura la querella intentada, no es otro que el decantar de la causa en la que la ahora pretensa querellante es imputada. Es decir, instando una nueva causa penal busca explicar en porqué resultó encausada en la causa primera”, señala, en alusión a Roxana Teves.
“Es dable resaltar, una vez más, que todo lo atinente a las condiciones fácticas y procesales que determinaron las medidas de coerción personal en contra de la pretensa querellante (Teves) y sus familiares, fueron materia de trámites recursivos y procesales ya tramitados y precluidos, y que originaron asimismo las respectivas auditorías, sumarios administrativos y causas penales, en contra de los mismos sujetos aquí denunciados y por los mismos hechos. Es decir, no sólo la señora Teves reviste la calidad de imputada en la causa que fundamenta esta denuncia por lo que pretende querellar, sino que además ya hay causas penales que investigan a los mismos accionados y por iguales sucesos. La duplicidad generada con estos actuados, y la litispendencia por conexidad respecto del resultado definitivo de la causa “Teves-Albarracín”, se articulan como fundamentos suficientes para tenerse por rechazada la pretensión esgrimida”, concluye la fiscala.