Declaran inconstitucional el decreto de Macri para completar la Corte

Declaran inconstitucional el decreto de Macri para completar la Corte

El jurista Ramos Padilla invalidó las designaciones de Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti.

SEDE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. FOTO TOMADA DE WIKIMEDIA.ORG SEDE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. FOTO TOMADA DE WIKIMEDIA.ORG
21 Diciembre 2015

BUENOS AIRES.– La designación por decreto y “en comisión” de los juristas Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti en la Corte Suprema fue declarada “inconstitucional” este mediodía por un juez federal. El juez Alejo Ramos Padilla, invalidó las designaciones de ambos juristas, y le ordenó a la propia Corte que se abstenga de tomarles juramento. 

El fallo fue dictado por el magistrado federal de Dolores, provincia de Buenos Aires, Ramos Padilla, quien hace dos semanas renunció como subrogante en el juzgado federal de Bahía Blanca justamente porque la Corte había declarado inconstitucional la ley de subrogancias.

“Si el mecanismo de designación de los jueces del máximo tribunal no es válido, si ello no surge del texto ni del espíritu de la Constitución, si con ello se afecta la división de poderes, la independencia de los jueces, la garantía del juez natural, las facultades del Congreso, la participación y control ciudadano…, resulta necesario que los mecanismos constitucionales se pongan en funcionamiento cuanto antes para frenar esa ilegalidad que afecta principios básicos sobre los que se asienta la República”, sostiene la resolución, a la que tuvo acceso DyN.

Según la acción judicial, “a través de estas designaciones se han lesionado derechos y garantías constitucionales, la división de poderes, la independencia judicial y la seguridad jurídica, y adelantan que todas las decisiones que podría tomar el más alto tribunal de la nación estarían viciadas de nulidad absoluta”. 

En rigor, el fallo suspende por vía de una medida cautelar la asunción de ambos juristas y le advierte a la propia Corte que no podrá tomarles juramento, pero reconoce que en cuanto los dos candidatos propuestos reciban acuerdo por parte del Senado automáticamente el fallo cesará en sus efectos. (DYN)

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