21 Septiembre 2015
ARCHIVO LA GACETA
El vocal de la Corte Suprema de Tucumán, Daniel Posse, dijo hoy que el fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo "era arbitrario y carecía de elementos probatorios" y explicó que para ser anulado el acto electivo "tiene que haber un 50% de las urnas invalidadas y en las que haya sido modificada efectivamente la voluntad popular".
Según dijo el letrado en declaraciones a FM Blue, el fallo, ahora desestimado por el máximo tribunal, "no abordaba cuestiones fácticas, ni jurídicas", por lo que la Corte consideró -con tres votos a favor y dos jueces que no se expidieron- en que "las 50 urnas en las que efectivamente ocurrieron hechos complejos", a los que denominó "delitos electorales", fueron "episodios aislados que no justificaban anular una elección de más de un millón de tucumanos".
El magistrado aclaró: "en el fallo de la Corte se reconocen la irregularidades denunciadas y acreditadas y se recomienda al Poder Ejecutivo la pronta realización de los comicios a los efectos de sanjar esas situaciones ocurridas en algunos distritos que ponen en duda la elección de delegados comunales y de algunos legisladores, no así la elección global, ya que son unos 10.000 votos sobre un total de un millón".
En tanto a ser consultado por la posibilidad de apelación por el Acuerdo para el Bicentenario, explicó a Radio Nacional que el fallo "no está firme" ya que "queda la instancia del recurso extraordinario federal", es decir que el caso sea tratado por la Corte Suprema de la Nación, y que si ese paso se diera, la propia Corte provincial "debe responder si admite o no ese recurso".
Posse: "Entendemos que episodios aislados no ameritaban anular la Elección".
— Ahora es Cuando (@AhoraEsCuandoFm) septiembre 21, 2015
En tanto a ser consultado por la posibilidad de apelación por el Acuerdo para el Bicentenario, explicó a Radio Nacional que el fallo "no está firme" ya que "queda la instancia del recurso extraordinario federal", es decir que el caso sea tratado por la Corte Suprema de la Nación, y que si ese paso se diera, la propia Corte provincial "debe responder si admite o no ese recurso".
En ese marco, añadió que si lo hiciera quedaría en "carácter suspensivo" el nombramiento de autoridades y si no lo hiciera, las autoridades ya podrían ser nombradas con normalidad.
El vocal del máximo tribunal tucumano explicó que si "la Corte provincial no aceptara el recurso extraordinario federal para que el tema sea tratado por la Corte Suprema de la Nación", a la oposición aún le queda "la vía directa", con la salvedad de que si ese fuera el canal, ya no tendría carácter suspensivo mientras se lleva adelante el nombramiento de los candidatos, consignó la agencia Télam.
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