22 Agosto 2015
ARCHIVO LA GACETA
La
Justicia declaró que la candidatura a legislador provincial de Sergio
Mansilla, actual senador kirchnerista, viola la Constitución de Tucumán.
Ebe López Piossek y Rodolfo Novillo, camaristas en lo contencioso
administrativo, resolvieron que esa postulación es contraria a la
cláusula de la Carta Magna que prohíbe la re-reelección.
No obstante
esta sentencia, Mansilla podrá participar de los comicios de mañana
gracias a una decisión previa de la Corte Suprema de Justicia de
Tucumán. La boleta en la que el senador encabeza la nómina a legisladores por la sección oeste tiene validez plena en los comicios de mañana.
El miércoles, los vocales René Goane, Antonio Estofán y Claudia
Sbdar saltearon la instancia -por pedido del dirigente oficialista
interesado y del Poder Ejecutivo- y levantaron la medida cautelar que
impedía la nueva candidatura del parlamentario. La Corte sostuvo que, en
el caso de ganar, Mansilla no será proclamado ni asumirá hasta que
concluya el juicio que inició el amayista Walter Berarducci, y siempre
que una sentencia firme y definitiva se lo permita.
Este
sábado y al filo de la elección, la Sala III de la Cámara en lo
Contencioso Administrativo (Novillo, que es de la Sala II intervino en
reemplazo del juez Sergio Gandur) fulminó la resolución de la Junta
Electoral Provincial (JEP). Esta decisión firmada por Antonio Gandur,
presidente del órgano y de la Corte, el ministro público Edmundo Jiménez
y la legisladora oficialista Beatriz Bordinaro avaló a Mansilla con el
argumento de que, si bien había sido elegido legislador en 2007 y en
2011, podía ir por la tercera candidatura este año puesto que en 2011
nunca asumió su banca (fue un candidato testimonial porque prefirió
desempeñarse en el Senado de la Nación).
Los jueces López
Piossek y Novillo interpretaron que el artículo 45 de la Constitución de
Tucumán es claro en el sentido de que basta con ser elegido legislador
dos veces consecutivas para no poder aspirar a una tercera candidatura a
ese cargo. "La pretensión de que el artículo 45 de la Constitución
necesita ser 'interpretado' en el sentido de que la voz 'reelegido' debe
entenderse aplicable sólo a aquéllos legisladores que habiendo sido
electos, además desempeñaron efectivamente el cargo, intenta asestar un
aguijón de duda en una norma que sobresale por su diafanidad", dijeron
los jueces.
Mansilla no es el único postulante que aspira a
la re-reelección vedada por la Constitución. En la misma situación están
los legisladores Susana Díaz (oficialista) y Gerónimo Vargas Aignasse
(Frente Renovador). Todos ellos participarán en los comicios aunque su
situación está igualmente cuestionada en los Tribunales. Dicha
circunstancia implica que para asumir sus bancas no bastará conque ganen
en las urnas: también deberán ganar en sede judicial.