06 Agosto 2015
¿Quiénes pueden votar en las elecciones?
Los argentinos nativos y por opción desde los 16 años y los argentinos naturalizados desde los 18 años, siempre que figuren en el padrón electoral y exhiban documento habilitante. También podrán votar los procesados que se encuentren cumpliendo prisión preventiva; y los argentinos residentes en el exterior que se hayan inscripto.
¿Quiénes están excluidos del padrón electoral?
Los dementes declarados tales en juicio. Los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena. Los condenados por las faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos, por el término de tres años; en el caso de la reincidencia, por seis. Los sancionados por la infracción de deserción calificada, por el doble de término de la duración de la sanción. Los declarados rebeldes en causa penal, hasta que cese la rebeldía o se opere la prescripción. Los inhabilitados según las disposiciones de la Ley Orgánica de Partidos Políticos. Los que en virtud de otras prescripciones legales y reglamentarias sean inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos.
¿Pueden votar los extranjeros en las elecciones?
No, no podrán votar en las elecciones para cargos nacionales.
¿Con qué documentos se puede votar?
Libreta de enrolamiento/libreta cívica. DNI libreta verde
DNI libreta celeste. Tarjeta del DNI libreta celeste. Nuevo DNI tarjeta. No se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral. Si se admitirá el voto de quien se presente con una versión posterior al documento que figura registrado en el padrón.El elector puede votar presentándose con libreta de enrolamiento o libreta cívica siempre que no haya gestionado el DNI. También podrá votar si se presenta, por ejemplo, con un DNI triplicado y en el padrón figura que se le otorgó un duplicado. No podrá hacerlo, cuando se presente a votar con un DNI libreta verde, habiendo gestionado el nuevo DNI tarjeta.
¿Por qué si tengo 16 años no figuro en el padrón?
Porque no realizó la actualización de los datos identificatorios obligatoria a partir de los 14 años antes del 28 de abril de 2015, fecha de cierre del padrón provisorio, o porque la información no fue remitida por el Registro Nacional de las Personas a la Cámara Nacional Electoral para su inclusión. En caso de que la persona hubiese efectuado la actualización de su documento de identidad a los 14 años (anteriormente prevista a partir de los 16 años), podrá reclamar a la justicia nacional electoral su inclusión en el padrón, en los plazos que establece el Código Electoral Nacional.
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